MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.820 EXENTA (V. Y U.), DE 2003, QUE FIJA PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN PRÁCTICA DEL PROGRAMA DE PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA

    Santiago, 1 de octubre de 2018.- Hoy se resolvió lo que sigue:

    Núm. 7.302 exenta.

    Visto:

    El DS Nº 114 (V. y U.), de 1994, que Reglamenta el Programa de Pavimentación Participativa, en especial lo dispuesto en su artículo 9º; la resolución exenta Nº 1.820 (V. y U.), de 2003, y sus modificaciones, que fija procedimiento para aplicación práctica del Programa de Pavimentación Participativa; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

    Considerando:

    a) La creación de la nueva Región de Ñuble y su reciente puesta en operación el 6 de septiembre del año 2018, que implica la gestión integral del Programa de Pavimentación Participativa Regional;
    b) La realización del 28º Proceso de Selección de Proyectos, cuyas fechas de cierre de recepción de postulaciones es el 30 de septiembre en Serviu y el 30 de octubre en Seremi;
    c) La reestructuración de equipos técnicos en algunos Serviu y Seremi del país, que implica asumir recientemente la gestión del Programa de Pavimentación Participativa, dicto la siguiente

    Resolución:

    Modifícase la resolución exenta Nº 1.820 (V. y U.), de 2003, que fija procedimiento para aplicación práctica del Programa de Pavimentación Participativa, en el siguiente sentido:

    Agrégase el siguiente artículo:

    Artículo 16º Transitorio: Durante el año 2018 la recepción de postulaciones municipales en el Servicio de Vivienda y Urbanización para participar en el 28º Proceso de Selección de Proyectos tendrá como fecha de cierre el día martes 16 de octubre.


    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Cristián Monckeberg Bruner, Ministro Vivienda y Urbanismo,
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de de Vivienda y Urbanismo.