Artículo 7.- Decreto 22,
SALUD
Art. único N° 2 y 4
D.O. 27.05.2025Quien haya manifestado objeción de conciencia y quiera extenderla a causales no previstas en su declaración, deberá manifestarlo por escrito a través del Decreto 22,
SALUD
Art. único N° 8, i y ii
D.O. 27.05.2025formularioy en los mismos términos señalados en el artículo 5 del presente Reglamento.
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Art. único N° 2 y 4
D.O. 27.05.2025Quien haya manifestado objeción de conciencia y quiera extenderla a causales no previstas en su declaración, deberá manifestarlo por escrito a través del Decreto 22,
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Art. único N° 8, i y ii
D.O. 27.05.2025formularioy en los mismos términos señalados en el artículo 5 del presente Reglamento.