Artículo 12.- Transfórmanse, en el escalafón directivos contemplado en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 13, del Ministerio de Hacienda, de 1981, que fija la planta del personal de la Comisión para el Mercado Financiero, los cuatro cargos grado 2° establecidos para los comisionados de la Comisión para el Mercado Financiero, en cuatro cargos grado 1° para los mencionados comisionados.