AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS QUE INDICA, EXCEPTÚA DE USO DISTINTIVO ESTATAL A VEHÍCULOS QUE SEÑALA DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS Y ELIMINA DEL LISTADO VEHÍCULOS QUE SE INDICAN

    Núm. 97 exento.- Santiago, 16 de marzo de 2018.

    Vistos:

    Lo dispuesto en el decreto ley Nº 799, de 1974; el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en los oficios ordinarios Nº 888, de 17 de enero de 2018 y Nº 1.763, de 31 de enero de 2018, ambos del Servicio Nacional de Aduanas, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

    1.- Que, el Servicio Nacional de Aduanas ha adquirido recientemente siete vehículos, en el marco del programa de renovación 2017 de la flota institucional del Servicio.
    2.- Que, la naturaleza de las funciones del Servicio Nacional de Aduanas demanda la realización de actividades en días sábado en la tarde, domingo y festivos, debiendo considerarse en todas esas oportunidades el desplazamiento de sus funcionarios en el vehículo institucional, cuando ello sea requerido. Por lo tanto, es necesario eximir los vehículos recientemente adquiridos de la prohibición de circular en días sábado en la tarde, domingo y festivos.
    3.- Que, por su parte, el Servicio Nacional de Aduanas es un ente eminentemente fiscalizador, que debe cubrir o mantener la vigilancia del ingreso y salida de las mercancías a través de las fronteras, puertos y aeropuertos del país, así como también efectuar fiscalización del tráfico de drogas, por lo que es imprescindible que los vehículos destinados para esta labor se eximan de la obligación del uso del disco y/o logo estatal.
    4.- Que, asimismo, dado que la ley Nº 21.053 de Presupuestos para el Sector Público del año 2018 establece una dotación máxima de 99 vehículos motorizados para el Servicio Nacional de Aduanas, es necesario eliminar del listado de vehículos exentos de la prohibición de circular en días inhábiles y de la obligación de portar el distintivo estatal, a los vehículos que se indica.

    Decreto:

    1.- Autorícese la circulación en los días sábado en la tarde, domingo y festivos, sin la obligación de llevar pintado el distintivo estatal, de conformidad a lo señalado en el decreto ley Nº 799, de 1974, a los siguientes vehículos de dotación del Servicio Nacional de Aduanas.

    1.- Tipo de vehículo: Station Wagon
    Marca: Hyundai Modelo: Santa Fe 2.4 AUT
    Año: 2018
    Color: Plateado Plata Titaneo
    Chasis Nº: KMHSU81CBJU825296
    Nº de Motor: G4KEHA997588
    I.R.N.V.M.: KBLT.81-5
    Aduana: Antofagasta
   
    2.- Tipo de vehículo: Camioneta
    Marca: Toyota
    Modelo: HI LUX DX 2.4
    Año: 2018
    Color: Rojo Metálico
    Chasis Nº: MR0FB8CD4J0326906
    N° de Motor: 2GDC260083
    I.R.N.V.M.: KBLZ.45-0
    Aduana: Chañaral
   
    3.- Tipo de vehículo: Camioneta
    Marca: Kia Motors
    Modelo: Frontier 2.5
    Año: 2018
    Color: Blanco Invierno
    Chasis Nº: KNCSJX76AH7212073
    Nº de Motor: D4CBH363309
    I.R.N.V.M.: KBKJ.83-5
    Aduana: Los Andes
   
    4.- Tipo de vehículo: Station Wagon
    Marca: Toyota
    Modelo: 4Runner SR5 4.0
    Año: 2018
    Color: Plateado Silver Metálico
    Chasis Nº: JTEZU4JR1J5173414
    Nº de Motor: 1GRB646900
    I.R.N.V.M.: KCFW.26-2
    Aduana: Dirección Nacional de Aduanas
   
    5.- Tipo de vehículo: Station Wagon
    Marca: Toyota
    Modelo: 4Runner SR5 4.0
    Año: 2018
    Color: Plateado Silver Metálico
    Chasis Nº: JTEZU4JRXJ5172813
    Nº de Motor: 1GRB643070
    I.R.N.V.M.: KCFW.27-0
    Aduana: Dirección Nacional de Aduanas
   
    6.- Tipo de vehículo: Station Wagon
    Marca: Hyundai
    Modelo: Santa Fe 2.4
    Año: 2018
    Color: Plateado Plata Titaneo
    Chasis Nº: KMHSU81CDJU832035
    Nº de Motor: G4KEHA008964
    I.R.N.V.M.: KBLZ.40-K
    Aduana: Osorno
   
    7.- Tipo de vehículo: Camioneta
    Marca: Toyota
    Modelo: Hilux DX 4x4 2.4
    Año: 2018
    Color: Rojo Metálico
    Chasis Nº: MR0FB8CD8J0321224
    Nº de Motor: 2GDC253680
    I.R.N.V.M.: KBLV.39-0 Aduana: Punta Arenas
      2.- Elimínense los vehículos que se individualizan, que fueran autorizados para transitar los días sábado en la tarde, domingo y festivos, y exceptuados de llevar pintado el disco distintivo estatal:

    a) Números 2, 5, 10 y 14 del listado contenido en el decreto exento Nº 885, de 2011, del Ministerio de Hacienda.
    b) Número 5 del listado contenido en el decreto exento Nº 117, de 2013, del Ministerio de Hacienda.
    c) Número 16 del listado contenido en el decreto exento Nº 240, de 2014, del Ministerio de Hacienda.


      Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.- Andrés Chadwick Piñera, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
      Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Francisco Moreno Guzmán, Subsecretario de Hacienda.