FIJA LIMITES URBANOS DE EMBALSE COIHUECO, PROVINCIA DE ÑUBLE
Santiago, 9 de Julio de 1973.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 324.- Vistos: estos antecedentes; el oficio N° 907, de 14 de Junio de 1973, de la Dirección de Planificación del Desarrollo Urbano; el acuerdo adoptado por la I. Municipalidad de Coihueco, en sesión ordinaria celebrada el 18 de Diciembre de 1972, y lo dispuesto en los artículos 2° y 9° de la ley N° 16.391; 52° de la ley N° 11.860, y 102° del decreto 880, de 1963, del Ministerio de Obras Públicas,
Decreto:
1°. Fíjanse los límites urbanos para el sector turístico denominado Embalse Coihueco, ubicado en la comuna de Coihueco, provincia de Ñuble, de acuerdo al trazado graficado en el plano adjunto y cuya descripción de puntos y tramos es la siguiente:
Puntos Descripción puntos Tramo Características tramo
1. Punto ubicado sobre camino
a Coihueco A, a una distancia
de 250 m. al poniente del
camino de acceso al embalse.
1-2 Coincide con camino a Coihueco
que rodea el Embalse por el
costado oriente.
2. Punto ubicado a 1.900 m. al
sur del canal de alimentación
del Embalse, sobre el camino
a Coihueco que rodea el Embalse
por el costado oriente.
2-3 Línea recta imaginaria que
une los puntos 2 y 3.
3. Punto del camino a la Montaña
San Miguel, a una distancia de
650 m. al sur del comienzo del
tramo recto de este mismo camino
al lado sur del embalse.
3-4 Línea imaginaria que une los
puntos 3 y 4, con un tramo recto
y otro sinuoso adyacente al
camino.
4. Punto situado en el camino
a la Montaña San Miguel sobre el
terraplén que interfiere el brazo
surponiente del embalse en ese
punto.
4-5 Línea imaginaria que roe los
puntos 4 y 5.
5. Punto situado en el camino de
Coihueco a la Montaña San Miguel,
a una distancia de 200 m. al
poniente de la bifurcación de
este camino al acceder al
Embalse.
5-1 Línea imaginaria que une los
puntos 5 y 1.
2°- Se deja establecido que el área urbana determinada en el N° 1 comprende ocho sectores signados en el plano con los números 1 al 8, para los cuales será necesario realizar los estudios seccionales correspondientes, con indicación de uso del suelo y vialidad mínima. La Dirección de Obras de la I. Municipalidad de Coihueco no podrá aprobar solicitudes de subdivisión ni de obras de construcciones de ninguna naturaleza, antes de que sean confeccionados y aprobados dichos planes seccionales.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- S. ALLENDE G.- Luis Matte Valdés.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Carlos E. Müller Reyes, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.