1.- Modificase a contar de esta fecha, el decreto N°116 de 28 de mayo de 2001, en el sentido de cambiar el primer orden de Subrogancia del/la Secretario/a Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la III Región de Atacama, Grado 4° EUR, como se indica a continuación:
Donde dice:
2.- La Subrogación del cargo de Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la III Región de Atacama, será ejercida en primer lugar por el señor Secretario Regional Ministerial de Justicia de la III Región.
Debe decir:
2.- La Subrogación del cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la III Región de Atacama, será ejercida en primer lugar por el Secretario/a Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social Región de Atacama.
2.- Por razones impostergables de buen servicio, el funcionario/a que ocupa el cargo Secretario/a Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social de la Región de Atacama, asumirá de inmediato sus funciones, en caso de producirse algún impedimento, por cualquier motivo, para que el Secretario/a Regional Ministerial de Bienes Nacionales desempeñe su cargo.