ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA ADOPTADO POR LA COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO


    Vistos: Lo dispuesto en el Título XI del decreto ley N° 3.500, de 1980, en el Acuerdo N° 31 de los Procedimientos de Aprobación de Cuotas de Fondos de Inversión y Fondos Mutuos Nacionales, publicado en el Diario Oficial el 5 de marzo de 2009, y en el Acuerdo N° 32 de los Procedimientos de Aprobación de Instrumentos Extranjeros Representativos de Capital, publicado en el Diario Oficial el 8 de enero de 2009.
   
    La Comisión Clasificadora de Riesgo en su 435a reunión ordinaria acordó lo siguiente:
   
    A. EMISORES NACIONALES:
   
    1. Aprobar las cuotas del siguiente fondo mutuo:
   
    - Fondo Mutuo Crecimiento
   
    2. Desaprobar las cuotas del siguiente fondo mutuo, debido a que no cuenta con activos por un monto igual o superior a los US$ 20 millones:
   
    - Fondo Mutuo BTG Pactual Acciones Latinoamericanas
   
    3. Desaprobar las cuotas de los siguientes fondos mutuos, en atención a que la Administradora General del Fondo así lo ha solicitado:
   
    - Fondo Mutuo Itaú Ahorro Corto Plazo
    - Fondo Mutuo Itaú Deuda UF Plus
   
    4. Desaprobar las cuotas del siguiente fondo mutuo, debido a que fue absorbido:
   
    - Fondo Mutuo Itaú Gestionado Deuda Local
   
    5. Informar que Fondo Mutuo ETF IT NOW IPSA cambió su nombre por Fondo Mutuo ETF IT NOW S&P/CLX IPSA.
   
    B. EMISORES EXTRANJEROS:
   
    1. Aprobar las cuotas de los siguientes fondos mutuos extranjeros:
   
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    2. Aprobar los siguientes títulos representativos de índices financieros:
   
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    3. Desaprobar las cuotas de los siguientes fondos mutuos extranjeros, en atención a la solicitud de su administrador:
   
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    4. Desaprobar las cuotas del siguiente fondo mutuo extranjero, debido a que su propiedad se encuentra concentrada:
   
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    5. Desaprobar las cuotas de los siguientes fondos mutuos extranjeros, en consideración a que fueron absorbidos:
   
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    6. Desaprobar las cuotas del siguiente fondo mutuo extranjero, en atención a que no cuenta con activos por un monto igual o superior a los US$ 100 millones:
   
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    7. Desaprobar las cuotas del siguiente fondo mutuo extranjero, debido a que no fue renovada la respectiva solicitud de aprobación:
   
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    8. Aprobar los vehículos de inversión y las operaciones de coinversión, en el activo alternativo específico indicado, administrados por los siguientes gestores:
   
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    9. Asimismo, la Comisión tomó nota de los cambios de nombre experimentados por distintos emisores extranjeros con instrumentos aprobados, los cuales se individualizan en su sitio web: www.ccr.cl.
   
    C. MANTENER ACUERDO VIGENTE SOBRE INSTRUMENTOS DE OFERTA PÚBLICA
   
    En lo no modificado por las letras A y B anteriores, la Comisión mantuvo el Acuerdo vigente relativo a instrumentos financieros de oferta pública adoptado en su 434 a reunión ordinaria, celebrada el 25 de octubre de 2018, y publicado en el Diario Oficial el 27 de octubre de 2018.
   
    El presente acuerdo deberá ser considerado para el efecto de determinar la diversificación de las inversiones que se realicen con los recursos de los Fondos de Pensiones, según el D.L. N° 3.500 de 1980.
   
    Santiago, 29 de noviembre de 2018.- Alejandro Muñoz Valdés, Secretario.

Publicación disponible en el sitio web de la Comisión Clasificadora de Riesgo: http://www.ccr.cl