ArtículoDecreto 19,
SEC. GRAL. PRES.
Art. 1º, Nº 1)
D.O. 06.12.2022 2.- El Consejo estará integrado por quince miembros de reconocida experiencia en la gestión pública y/o privada, uno de los cuales será designado también Presidente/a, y otro, Vicepresidente/a.
SEC. GRAL. PRES.
Art. 1º, Nº 1)
D.O. 06.12.2022 2.- El Consejo estará integrado por quince miembros de reconocida experiencia en la gestión pública y/o privada, uno de los cuales será designado también Presidente/a, y otro, Vicepresidente/a.
Los miembros del Consejo durarán cuatro años en el desempeño de sus labores, ejercerán sus funciones ad honorem y su desempeño no implicará la creación de un cargo público.