APRUÉBESE REGLAMENTO QUE FIJA LA PLANTA DE LA MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Núm. 1.- Coquimbo, 19 de diciembre de 2018.
Vistos:
Decreto con Fuerza de Ley N° 227 de publicación de 3 de diciembre de 1981 que fija la primera Planta Municipal, decreto con Fuerza de Ley N° 64-19280 de publicación 25 de julio de 1994, del Ministerio del Interior que adecua, modifica y establece Planta de Personal de la Municipalidad de Coquimbo en actual vigencia; decreto con fuerza de ley N° 19.602 de fecha de publicación de 11 de enero de 2000 del Ministerio del Interior; Ley N° 20.033, que modifica la Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial, el decreto Ley N° 3.063, sobre Rentas Municipales, la ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, y faculta a las Municipalidades para otorgar condonaciones que indica; Ley N° 19.130 de fecha 19 de marzo de 1992, modifica la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades; Ley N° 19.777 de fecha de publicación 5 de diciembre de 2001 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que crea Juzgados de Policía Local en la comuna de Coquimbo; Ley N° 20.554 de fecha 23 de enero de 2012, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que crea Juzgados de Policía Local en las Comunas que indica, artículos N° 2 y 11; Ley N° 19.280, modifica Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y Establece normas sobre Plantas de Personal de las Municipalidades; Ley N° 10.336, de publicación 29 de mayo de 1952, Ley de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República; Ley 18.575 de publicación 5 de diciembre de 1986, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; Ley N° 19.880 de publicación 29 de mayo de 2003, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos; Ley N° 18.883, de publicación 29 de diciembre de 1989, que Aprueba Estatutos para Funcionarios Municipales; Ley N° 15.231 fecha de publicación 8 de agosto de 1963, fija el Texto Definitivo y Refundido de la Ley de Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local; Ley N° 20.742 de fecha 1 de abril del año 2014, que Perfecciona el Rol Fiscalizador del Concejo, Fortalece la Transparencia y Probidad en las Municipalidades, Crea Cargos y Modifica Normas sobre Personal y Finanzas Municipales; Ley N° 20.922 de fecha 25 de mayo de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo; Ley N° 20.965 de fecha 4 de noviembre de 2016, que permite la creación de Consejos y Planes Comunales de Seguridad Pública; Reglamento N° 1.675 de fecha 15 de noviembre de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba el Reglamento que regula el procedimiento para establecer la categoría en que se ubicarán las municipalidades del país para efecto de determinar el rango de grados que corresponde asignar al cargo de Alcalde dentro de la Planta Municipal respectiva y las facultades del artículo 49 bis, 49 ter, 49 quáter, 49 quinquies, artículo 63 letra i) de la ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Considerando:
a) La necesidad de fijar la planta del personal de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, estableciendo el número de cargos para cada planta y fijar sus grados, en conformidad a la nueva Ley N° 20.922 de fecha 25 de mayo de 2016, que modifica disposiciones aplicables a los Funcionarios Municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.
b) Resolución exenta N° 5.185 de fecha 14 de mayo de 2018, deja constancia de las categorías en que se ubican las Municipalidades del país y del rango de grados de remuneraciones que corresponde asignar a los respectivos alcaldes en la correspondiente Planta de Personal, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo N° 5 del decreto 1.675, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
c) La necesidad de crear la Dirección de Gestión Ambiental y Zoonosis y potenciar su capacidad técnica y adecuación de sus servicios ambientales y la necesidad manifiesta de los habitantes de la comuna de Coquimbo para abordar temas sensibles en materia de salud ambiental.
d) La necesidad de crear la Dirección de Recursos Humanos y establecer una adecuada estructura organizacional con mecanismos que favorezcan un mejor desempeño del personal municipal y a su vez permitan la gestión humana y organizacional de manera oportuna, eficiente y eficaz.
e) La necesidad de crear la Dirección de Seguridad Pública en atención a la ley N° 20.965, la cual le otorga a los municipios la potestad para elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Plan Comunal de Seguridad Pública, incorporándolo como instrumento de gestión municipal.
f) Decreto Alcaldicio N° 235 grado 13° de fecha 16 de enero de 2017, que encasilla el cargo de la planta técnico que se indica en la parte dispositiva.
g) Decretos Alcaldicios N° 2633 grado 14°; N° 2634 grado 9°; N° 2635 grado 13°; N° 2636 grado 12°; N° 2637 grado 11°; N° 2638 grado 10°, todos ellos de fecha 24 de agosto de 2016, que encasilla los cargos de la planta técnico, que se indica en la parte dispositiva.
h) Decreto Alcaldicio N° 237 grado 15° de fecha 16 de enero de 2017, que encasilla el cargo de la planta administrativo, que se indica en la parte dispositiva.
i) Decreto Alcaldicio N° 239 grado 14° de fecha 16 de enero de 2017, que encasilla el cargo de la planta administrativo, que se indica en la parte dispositiva.
j) Decreto Alcaldicio N° 246 grado 13° de fecha 16 de enero de 2017, que encasilla el cargo de la planta administrativo, que se indica en la parte dispositiva.
k) Decretos Alcaldicios N° 2641 grado 11°; N° 2642 grado 16°; N° 2643 grado 13°; N° 2645 grado 12°; 2646 grado 14°; N° 2647 grado 15° todos ellos de fecha 24 de agosto de 2016, que encasilla los cargos de la planta administrativo, que se indica en la parte dispositiva.
l) Decreto Alcaldicio N° 2654 grado 18° de fecha 24 de agosto de 2016, que encasilla el cargo de la planta administrativo, que se indica en la parte dispositiva.
m) Decreto Alcaldicio N° 236 grado 14° de fecha 16 de enero de 2017, que encasilla el cargo de la planta auxiliar, que se indica en la parte dispositiva.
n) Decreto Alcaldicio N° 240 grado 15° de fecha 16 de enero de 2017, que encasilla el cargo de la planta auxiliar, que se indica en la parte dispositiva.
o) Decreto Alcaldicio N° 241 grado 13° de fecha 16 de enero de 2017, que encasilla el cargo de la planta auxiliar, que se indica en la parte dispositiva.
p) Decreto Alcaldicio N° 243 grado 16° de fecha 16 de enero de 2017, que encasilla el cargo de la planta auxiliar, que se indica en la parte dispositiva.
q) Decretos Alcaldicios N° 2648 grado 15°; N° 2649 grado 13°; N° 2650 grado 14°, todos de fecha 24 de agosto de 2016, que encasilla los cargos de la planta auxiliar, que se indica en la parte dispositiva.
r) Decretos Alcaldicios N° 2652 grado 16°; N° 2653 grado 17°, ambos de fecha 24 de agosto de 2016, que encasilla los cargos de la planta auxiliar, que se indica en la parte dispositiva.
s) La necesidad de modificar el grado del asesor jurídico, a efecto de ajustar o equiparar su nivel remuneratorio al de otras plazas jerárquicamente equivalentes.
t) La necesidad de modificar los grados de los secretarios de los jueces de policía local debido a la responsabilidad de los Secretarios Abogados, en cuanto a la Subrogancia legal establecida en la ley N° 15.231, Art. Nº 6. Esto en atención a que los Secretarios Abogados estarían un grado inferior al grado de los jueces Titulares, quienes perciben dos asignaciones de responsabilidad judicial, lo que no procede en el caso de los Secretarios Abogados, además de un aumento progresivo de ingresos de causas, desde la creación del Segundo Juzgado de Policía Local; el aumento sostenido de las competencias de conocimientos de los Juzgados de Policía Local, con un proyecto en estudio de modernización de la justicia local desarrollado por la Subsecretaría de Desarrollo Social.
u) La necesidad de modificar el grado del Director de Obras Municipales, debido al aumento de la población y expansión urbana en un 90%, lo que significa incrementar la carga de trabajo para la correcta revisión y aprobación de los distintos proyectos. El aumento significativo del número de expedientes en relación al año 2016 con un total de 1.807, versus el año 2017 de una cantidad de 2.351 expedientes, sobrepasando su crecimiento porcentual desde asumido el correspondiente cargo y grado. La Dirección de Obras Municipales constituye una repartición importante y necesaria para el órgano Comunal, que además es obligatoria en atención a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, además de ajustar o equiparar su nivel remuneratorio respecto a sus pares del mismo estamento directivo.
v) La necesidad de crear el cargo de Director de Tránsito está establecida en el artículo 15 de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
w) La necesidad de crear el cargo de Director de Aseo y Ornato está establecida en el artículo 15 de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
x) Decreto N° 63 de fecha 15 de diciembre de 2014, crea e incorpora a la planta de personal de la Municipalidad de Coquimbo el cargo de Director de Control y Auditoría Interna.
y) Decreto N° 4.804 de fecha 15 de diciembre de 2014, que nombra en calidad de titular a doña Ada María Molina Galleguillos, planta Directiva, Grado 5° como Director de Control y Auditoría Interna.
z) Decreto N° 820 de fecha 27 de julio de 1994, que encasilla a partir del 1 de enero del año 1994 al personal de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, en actual servicio a la fecha del decreto con fuerza de ley señalado en los vistos, en planta, cargos y grados.
aa) Decreto exento N° 5.476 de fecha 8 de noviembre de 2011, Reglamento de estructura y funciones de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo.
bb) Decreto Alcaldicio N° 774 de fecha 27 de abril de 2017, que aprueba las políticas de Recursos Humanos de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo.
cc) Certificado de Disponibilidad Presupuestaria, conforme al Artículo 2°, inciso final de la ley N° 18.883 donde certifica el límite de gasto vigente, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 49 bis, numerales 1 y 2 de la ley N° 20.922 la disponibilidad presupuestaria. Planilla proyección gastos en relación a cargos 2019-2025.
dd) Escalafón de mérito del personal actualizado, conforme lo dispuesto en los artículos 19 y 50 de la ley N° 18.883.
ee) Decreto exento N° 1.229, de fecha 13 de junio de 2016, a través del cual se designa a los miembros del Comité Bipartito Municipal.
ff) El Decreto Alcaldicio N° 634, de 22 de marzo de 2018, a través del cual se ratifican los miembros que constituyen el Comité Bipartito, incorporando a dos nuevos integrantes para los efectos del Artículo 49 bis de la Ley N° 20.922.
gg) Certificado Comité Bipartito y Paritario 2018 de la Municipalidad de Coquimbo.
hh) Certificado de acuerdo N° 1, de fecha 19 de diciembre de 2018, adoptado en la sesión extraordinaria N° 34, del Honorable Concejo Municipal que fija el presente reglamento de planta Municipalidad de Coquimbo.
1.- Apruébase el Reglamento que fija la planta de Personal Municipal de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, de conformidad con la propuesta aprobada por el Honorable Concejo Municipal a través del Acuerdo N° 1 adoptado en Sesión Extraordinaria N° 34, de fecha 19 de diciembre de 2018, texto que comenzará a regir el día 1º de enero de 2019, y que a continuación se transcribe:
REGLAMENTO QUE FIJA LA PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Artículo 1°.- De conformidad a lo establecido en el artículo 49° bis de la ley N° 18.695, fíjese la planta de personal de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo en el siguiente sentido:
A.- Créanse los cargos que se señalan:


B.- Suprímanse los cargos que se indican:

C.- Modifícanse los grados de los cargos que se indican:

Artículo 2°.- Fíjese la planta del personal de la Municipalidad de Coquimbo:



Artículo 3°.- Fíjense los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se mencionan:



2.- Remítase a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo para toma de conocimiento del presente Reglamento.
3.- Remítase a la Contraloría General de la República para Toma de Razón.
4.- Publíquese el presente Reglamento, una vez tramitada totalmente la toma de razón por la Contraloría General de la República, que contiene el Reglamento de planta de personal de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, de conformidad a lo prescrito en los artículos N° 49 bis y N° 49 quáter de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, sin perjuicio de su publicación en la página web de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo.
Anótese, tómese razón, comuníquese, publíquese, archívese.- Marcelo Pereira Peralta, Alcalde.- Mirta Cecilia Ponce López, Secretario Municipal.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE COQUIMBO
Unidad Jurídica
Cursa con alcance el Reglamento N° 01, de 2018, de la Municipalidad de Coquimbo
Nº 5.670.- La Serena, 20 de diciembre de 2018.
Esta Contraloría Regional ha dado curso al acto administrativo del rubro, que fija la planta de personal de la Municipalidad de Coquimbo, por cuanto resulta ajustado a derecho, pero lo hace en el entendido que en la proyección de ingresos y gastos presupuestarios presentada por dicha entidad edilicia se ha tenido especialmente en cuenta lo previsto en el artículo 17 del decreto ley N° 1.263, de 1975, en relación con el inciso cuarto del artículo 49 bis de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en cuanto a la responsabilidad que le cabe al alcalde y a los concejales en las proyecciones utilizadas para la fijación o modificación de las plantas y la veracidad de la información proporcionada, y haciendo presente, asimismo, el régimen de responsabilidad contemplado en el artículo 81 de la citada ley orgánica.
En consecuencia, con el alcance que antecede, se ha cursado el reglamento en análisis.
Saluda atentamente a Ud., Hugo Segovia Saba, Contralor Regional de Coquimbo, Contraloría General de la República.
Al señor
Alcalde
Municipalidad de Coquimbo
Coquimbo.