Aprueba el Presupuesto de ingresos y gastos del sector público para el año 2019 de nuestro país. Fija y limita el gasto de la Nación y establece formas de utilización.

    Artículo 2.- Apruébanse los Ingresos Generales de la Nación y los Aportes Fiscales en moneda nacional y en moneda extranjera convertida a dólares, para el año 2019, a las Partidas que se indican:

   








NOTA
      Por sentencia del Tribunal Constitucional del 22.01.2019, recaída en el proceso Rol Nº 5735-18-CPT, publicada el 25.01.2019, sobre requerimiento de inconstitucionalidad presentado por un grupo de H. Diputados, respecto de parte de las glosas que indican, correspondiente al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2019, se declara la inconstitucionalidad en la presente ley de: la glosa 13, asociada a la asignación 036, ítem 03, subtítulo 33, programa 29, capítulo 01, partida 09, del Ministerio de Educación; de la glosa 19, asociada a la asignación 036, ítem 03, subtítulo 33, programa 30, capítulo 01, partida 09, del Ministerio de Educación; y, de la omisión de consignar los valores correspondientes a la glosa 02, asociada al subtítulo 22, del programa 01, capítulo 31, partida 05, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
NOTA 1
      El decreto 1487, Hacienda, publicado 29.10.2019, modifica el presupuesto vigente del Sector Público en el sentido y los términos que la presente norma indica para el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación