FIJA NUEVO AVALÚO POR GRAMO DE ORO LEY DE FINO 18 KTES PARA LOS CRÉDITOS DEL RUBRO ALHAJAS
Núm. 675 exenta.- Santiago, 19 de diciembre de 2018.
Vistos:
Lo dispuesto en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; en el DFL N° 16 de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo, y la resolución N° 1.600 de 2008 y N° 10 de 2017, ambas de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. La resolución N° 510 de fecha 12 de octubre de 2018 que "Fija nuevo avalúo por gramo de oro para los créditos del rubro alhajas";
2. Que, el Departamento de Tasaciones en su Informe Técnico de fecha 17 de diciembre de 2018, estableció el monto máximo de avalúo por gramo de metal noble Ley de Fino Oro 18 Ktes. que debe ser considerado en el cálculo de los préstamos con garantía prendaria;
3. El oficio ordinario Gesdoc N° 8441 del 28.11.2011 del Departamento Jurídico que sostiene la Autonomía del Servicio en la fijación del valor del gramo de oro en virtud de los argumentos que en dicho documento se exponen, y
4. Las facultades entregadas al Director General del Servicio, según lo dispuesto en el DFL N° 16 de 1986 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo, especialmente lo establecido en el artículo 10, letra l).
Resuelvo:
1.- Fíjase nuevo avalúo por el gramo de metales nobles Ley de Fino Oro 18 Ktes., utilizando en el cálculo de los préstamos con garantía prendaria del rubro alhajas conforme a la siguiente tabla y las siguientes condiciones:
(a) A contar del 1 de enero de 2019 y hasta que el Director lo disponga:
. 2.- Establécese, que será responsabilidad de los Administradores de las Unidades de Crédito la difusión de lo resuelto en los numerales precedentes entre el personal a su cargo, como así también será responsabilidad del Subdepartamento de Informática y del Departamento de Crédito realizar, en la fecha indicada en el numeral precedente, los ajustes que correspondan al Sistema OCP para la adecuada aplicación de las instrucciones impartidos en el presente documento.
3.- Impútese el monto máximo que represente el cumplimiento de la presente resolución, al presupuesto vigente al Subtítulo 32, Ítem 03, Asignación 001 Préstamos Sobre Alhajas.
4.- Publíquese en el Diario Oficial de conformidad a lo dispuesto en el artículo 48 letra a) de la ley 19.880 sobre procedimientos administrativos, siendo responsabilidad del Departamento Administrativo el dar cumplimiento a esta obligación.
5.- Déjase sin efecto toda disposición contraria a la presente resolución.
Anótese, publíquese, comuníquese y archívese.- Mario Acuña Prambs, Director General.