RESOLUCIÓN Nº 2018/PA/09/0649 EXENTA, DE FECHA 3 DE DICIEMBRE DE 2018, QUE APRUEBA PROCESO ADMINISTRATIVO
La Superintendencia de Educación, por resolución exenta Nº 2018/PA/09/0649, de fecha 3 de diciembre de 2018, Aprobó Proceso Administrativo al sostenedor Carmencita Flores Dauros, RUN Nº 7.465.127-5. Resolviendo: 1º Apruébase Proceso Administrativo ordenado instruir a través de la resolución exenta Nº 2018/PA/09/449 de fecha 28 de agosto de 2018, de la Encargada de Fiscalización de la Superintendencia de Educación, Región de la Araucanía, formulándose cargo mediante acto administrativo Nº 2018/FC/09/208, de fecha 2 de octubre de 2018. 2º Aplíquese a la entidad sostenedora por el cargo 1 formulado, no desvirtuado y agravado, la sanción de multa de 600 UTM, la cual no podrá ser inferior al 5% ni exceder el 50% de la subvención mensual por alumno matriculado. 3º Déjese constancia que el sostenedor dispone del recurso de reclamación establecido en el artículo 84 de la ley Nº 20.529, que deberá deducirse dentro de un plazo de 15 días hábiles contados desde la fecha de notificación de la presente resolución, ante la Fiscalía de la Dirección Regional de la Superintendencia, calle San Martín Nº 895, piso 1, Temuco, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. 4º Notifíquese la presente resolución exenta, en conformidad con lo prescrito en los artículos 68 y 84 de la ley Nº 20.529, dejando constancia en el expediente administrativo del trámite realizado. 5º Ejecútese, mediante descuento de la subvención educacional mensual, la sanción de multa señalada en el numeral 2, una vez que el presente acto administrativo esté totalmente tramitado, si transcurrido el plazo para impugnar, no se hubiere interpuesto recurso alguno, o no haya sido interpuesto en tiempo y forma, o si interpuesto fuese rechazado. 6º Remítase a la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región de la Araucanía, para efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral anterior. 7º Archívese el expediente una vez que el presente acto administrativo se encuentre firme y ejecutoriado.-
Óscar Villar Brevis, Director Regional Superintendencia de Educación Región de la Araucanía.