MODIFICA LA RESOLUCIÓN Nº 2.962 EXENTA (V. Y U.), DE 2018, Y SUS MODIFICACIONES, QUE EFECTÚA LLAMADO A POSTULACIÓN NACIONAL Y COMPLEMENTA LA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS AL LLAMADO, APROBADA POR RESOLUCIÓN Nº 9.473 EXENTA (V. Y U.), DE 2018, CONFORME AL PROGRAMA DE SUBSIDIO DE ARRIENDO DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 52 (V. Y U.), DE 2013
Santiago, 28 de diciembre de 2018.- Hoy se resovió lo que sigue:
Núm. 10.686 exenta.
Vistos:
a) El DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, que regula el Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda y en particular su artículo 26;
b) La resolución exenta Nº 30 (V. y U.), de 2018, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2018 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013;
c) La resolución exenta Nº 2.962 (V. y U.), de 2018, y sus modificaciones, que llama a postulación nacional del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013;
d) La resolución exenta Nº 9.473 (V. y U.), de 2018, que modifica la resolución exenta citada en el Visto c) precedente y aprueba la nómina de postulantes seleccionados correspondientes al mes de octubre, del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, y
Considerando:
a) Que hubo un alto porcentaje de postulantes que efectuaron válidamente su postulación al llamado indicado en el visto c), que no fueron beneficiados en la selección aprobada por la resolución exenta citada en el visto d).
b) Que, conforme al avance en la asignación de los subsidios dispuestos para la atención a través del Programa de Arriendo de Vivienda en el presente año, quedan recursos disponibles para complementar la selección del llamado antes citado.
c) Que se ha priorizado destinar los recursos mencionados en el considerando b), a la atención de los postulantes no seleccionados al llamado aprobado por la resolución exenta citada en el visto c).
d) Que por lo indicado aparece la necesidad de ajustar los recursos dispuestos en el llamado a que se convocó mediante la resolución exenta indicada en el visto c) precedente.
e) Que, se ejecutó un nuevo proceso de selección con las familias que efectuaron válidamente su postulación y no fueron seleccionadas, dicto la siguiente
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta Nº 2.962 (V. y U.), de 2018, y sus modificaciones, de la siguiente forma:
1.1. En el resuelvo 3. sustitúyase el guarismo "706.860" por "720.460".
1.2. Reemplázase la tabla inserta en el resuelvo 4. por la siguiente:
. 2. Compleméntase la nómina de postulantes seleccionados correspondientes al mes de octubre de 2018, que fue aprobada en el número 2. de la resolución exenta Nº 9.473 (V. y U.), de 2018, en relación con el llamado nacional dispuesto en el número 1 de la resolución exenta Nº 2.962, de este Ministerio, de 2018, del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda regulado por el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, y en particular según lo establecido en su artículo 27, con la nómina que por este acto se aprueba y que se entenderá formar parte integrante de esta resolución, y fíjase en 80 el número de postulantes seleccionados por la presente resolución, los que se distribuyen regionalmente de acuerdo a la siguiente tabla:
. 3. El monto de los recursos comprometidos en la selección de postulantes que por este acto se aprueba, del total destinado al financiamiento del llamado nacional dispuesto en el número 1 de la resolución exenta Nº 2.962, de este Ministerio, del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, es de 13.600 Unidades de Fomento, no quedando remanente de los recursos dispuestos en la resolución exenta antes indicada.
4. Publíquese en un periódico de circulación nacional y en el sitio web de este Ministerio, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de postulantes seleccionados conforme al número 2 de esta resolución, las que deberán contener a lo menos el puntaje y el nombre de cada postulante beneficiado con su respectiva Cédula de Identidad y exhíbanse dichas nóminas en las oficinas de los Serviu.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Cristián Monckeberg Bruner, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.