ACUERDO ADOPTADO POR EL CONSEJO DEL BANCO CENTRAL DE CHILE EN SU SESIÓN N° 2205
Certifico que el Consejo del Banco Central de Chile, en su Sesión Ordinaria N° 2205, celebrada el 24 de enero de 2019, adoptó el siguiente Acuerdo:
2205-01-190124 - Modifica el Reglamento para el Funcionamiento del Consejo, regulando el acceso a las Actas de las sesiones del Consejo para fines internos e incorpora referencias a estructura gerencial vigente del Banco.
1. Modificar el numeral 2 de la Letra E, "Información de las materias tratadas", del Número I del Reglamento para el Funcionamiento del Consejo ("Reglamento"), agregando el siguiente párrafo tercero:
"Por su parte, los Gerentes de División y los Gerentes de Área del Banco podrán solicitar al Presidente, o a quien lo subrogue, consultar las Actas de sesiones del Consejo, o antecedentes específicos de estas, cuando ello resulte necesario para el desempeño de las funciones de las unidades a su cargo, indicando brevemente los motivos que justifican la solicitud, las Actas solicitadas, el o los funcionarios que accederán a sus contenidos y el plazo por el cual se solicita mantener vigente el acceso para consulta. Dicha solicitud será remitida por correo electrónico y será resuelta por la misma vía, comunicando la decisión al interesado, con copia al Ministro de Fe y al Secretario General."
2. Efectuar las siguientes modificaciones a la Letra C, "Participantes", del Número II del Reglamento sobre Reuniones de Política Monetaria:
a. En el numeral 1, que señala quienes tienen derecho a participar en las sesiones de Política Monetaria, suprimir el literal q), y sustituir los literales c), i), j), o) y p), por los siguientes:
"c. El Gerente de División Política Monetaria, o su Subrogante;"
"i. El Gerente de Análisis Internacional;"
"j. El Gerente de Estudios Económicos;"
"o. El Gerente de Estadísticas Macroeconómicas; y"
"p. El Secretario General".
b. En el primer párrafo de su numeral 2, en que se señalan las personas con facultad de expresar su opinión en las RPM, sustituir las siguientes expresiones: "El Gerente de División Estudios," por "El Gerente de División Política Monetaria,"; "el Gerente de Investigación Económica, el Gerente de Modelación y Análisis Económico," por "el Gerente de Análisis Internacional, el Gerente de Estudios Económicos,"; y ", el Gerente de Estadísticas Macroeconómicas y el Jefe del Departamento de Análisis Internacional" por "y el Gerente de Estadísticas Macroeconómicas".
3. En la Letra D, "Materias y orden de la sesión", del Número II del Reglamento, sustitúyase la expresión "División de Estudios" por "División Política Monetaria", las dos veces que aparece en su numeral 2.2, en las letras c) y d).
4. Las modificaciones al Reglamento regirán a contar de la fecha de publicación de este Acuerdo.
Santiago, 24 de enero de 2019.- Pablo Mattar Oyarzún, Ministro de Fe (S).