Artículo 2°.- Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
1. Recursos de Aprendizaje: Aquellos elementos que permiten desarrollar las oportunidades de aprendizaje para el logro del perfil de egreso de cada una de las especialidades señaladas en las Bases Curriculares para la formación diferenciada técnico-profesional. Estos recursos se agrupan en:
a) Máquinas y equipos: Aquellos destinados para utilizar, regular o dirigir la acción de una fuerza. Estos pueden recibir cierta forma de energía y transformarla en otra para generar un determinado efecto. Las máquinas y equipos permiten la transformación de materias primas en un objeto o producto.
b) Instrumentos: Aquellos que permiten comparar magnitudes físicas a través de la medición, sea analógica o digital. Los instrumentos pueden clasificarse de acuerdo con el tipo de magnitud que miden, tales como masa, tiempo, longitud, ángulos, temperatura, presión, velocidad y propiedades eléctricas.
c) Herramientas, implementos y utensilios: Aquellos elementos elaborados con metales, maderas, plásticos y fibras, utilizados para realizar un trabajo determinado y que generalmente se manejan manualmente. Para efectos de este Decreto se incluyen los elementos de protección personal (EPP) específicos para cada sector o área productiva o de servicio involucrada.
d) Insumos y fungibles: Elementos que se utilizan o transforman para desarrollar un producto final o servicio.
e) Material Interactivo: Recursos físicos o virtuales, que permiten la interacción del estudiante para realizar prácticas de aprendizaje.
f) Material Bibliográfico: Material o recurso escrito, impreso, digital y multimedial, que contenga información de interés general y relativo a las especialidades.
g) Software: Programa informático, para facilitar y diseñar las rutinas de los trabajos específicos de las especialidades.
2. Índice de Uso: La relación entre cada unidad de recursos de aprendizaje en razón al número máximo de estudiantes recomendado. Categorías de índices de uso aplicados:
a) I : Individual (uno por cada estudiante).
b) G/2 : Grupos de dos estudiantes (uno por cada dos estudiantes).
c) G/5 : Grupos de cinco estudiantes (uno por cada cinco estudiantes).
d) G/10 : Grupos de diez estudiantes (uno por cada diez estudiantes).
e) E : Uno por especialidad, resguardando su disponibilidad para cada curso que lo requiera.
f) P : Cantidad definida de acuerdo con planificación docente (sólo aplica para Insumos y fungibles).