Suprime el Segundo Juzgado de Letras de Magallanes i declara necesario el Segundo de Concepcion.


    Núm. 598.

    Santiago, 17 de Marzo 1927.

    Vistos estos antecedentes; de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Lei núm. 4.113, de 25 de Enero último i en uso de la facultad que confiere al Presidente de la República el inciso 5.° del artículo 85 de la Constitucion Política,

    Decreto:
    1° Declárase necesario el cargo de Juez del Segundo Juzgado de Letras de Concepcion, que se encuentra vacante por promocion de don José Luis López, que lo servia;

    2° El Juez del Segundo Juzgado de Letras de Magallanes, don Julio Aros Díaz, pasará a servir el cargo de Juez del Segundo Juzgado de Letras de Concepcion.

    Continúesele pagando el sueldo correspondiente;

    3° Declárase innecesario i, en consecuencia, no será llenado el empleo de Juez del Segundo Juzgado de Letras de Magallanes, vacante por el traslado que se decreta en el número anterior; i

    4° Decláranse vacantes, por no ser indispensables, los siguientes empleos que se consultan en los ítems que se indican del Presupuesto de Justicia:

    Item 773. Secretario del Segundo Juzgado de Letras de Magallanes;

    Item 774. Oficial primero Intérprete del Segundo Juzgado de Letras de Magallanes;

    Item 776. Oficial segundo del Segundo Juzgado de Letras de Magallanes;

    Item 778. Oficial tercero del Segundo Juzgado de Letras de Magallanes; i

    Item 780. Portero del Segundo Juzgado de Letras de Magallanes.
    Tómese razon, rejístrese, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletin de las Leyes i Decretos del Gobierno.

    FIGUEROA.- Aquiles Vergara.- Julio Velasco.- Arturo Alamparte.- Pablo Ramírez.- C. Frodden.- Conrado Rios Gallardo.- Isaac Hevia C.- C. Ibáñez C.- Ortiz Vega.