Suprime el Segundo Juzgado de Letras de Magallanes i declara necesario el Segundo de Concepcion.
Núm. 598.
Santiago, 17 de Marzo 1927.
Vistos estos antecedentes; de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Lei núm. 4.113, de 25 de Enero último i en uso de la facultad que confiere al Presidente de la República el inciso 5.° del artículo 85 de la Constitucion Política,
Decreto:
1° Declárase necesario el cargo de Juez del Segundo Juzgado de Letras de Concepcion, que se encuentra vacante por promocion de don José Luis López, que lo servia;
2° El Juez del Segundo Juzgado de Letras de Magallanes, don Julio Aros Díaz, pasará a servir el cargo de Juez del Segundo Juzgado de Letras de Concepcion.
Continúesele pagando el sueldo correspondiente;
3° Declárase innecesario i, en consecuencia, no será llenado el empleo de Juez del Segundo Juzgado de Letras de Magallanes, vacante por el traslado que se decreta en el número anterior; i
4° Decláranse vacantes, por no ser indispensables, los siguientes empleos que se consultan en los ítems que se indican del Presupuesto de Justicia:
Item 773. Secretario del Segundo Juzgado de Letras de Magallanes;
Item 774. Oficial primero Intérprete del Segundo Juzgado de Letras de Magallanes;
Item 776. Oficial segundo del Segundo Juzgado de Letras de Magallanes;
Item 778. Oficial tercero del Segundo Juzgado de Letras de Magallanes; i
Item 780. Portero del Segundo Juzgado de Letras de Magallanes.
Tómese razon, rejístrese, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletin de las Leyes i Decretos del Gobierno.
FIGUEROA.- Aquiles Vergara.- Julio Velasco.- Arturo Alamparte.- Pablo Ramírez.- C. Frodden.- Conrado Rios Gallardo.- Isaac Hevia C.- C. Ibáñez C.- Ortiz Vega.