DETERMINA FORMA DE EJECUCIÓN DE RECURSOS Y ÁMBITOS DE ACTIVIDADES A FINANCIAR CON CARGO A LA ASIGNACIÓN 087, "ACTIVIDADES DE FOMENTO Y DESARROLLO CULTURAL", DEL MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Núm. 42 exenta.- Valparaíso, 10 de enero de 2019.
Visto:
Lo dispuesto en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley Nº 21.125, de Presupuestos del Sector Público para el año 2019, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que de acuerdo a la ley Nº 21.045, el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (en adelante también "el Ministerio") es la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad, reconociendo y valorando las culturas de los pueblos indígenas, la diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la misma ley. Asimismo, y actuando como órgano rector, velará por la coordinación, consistencia y coherencia de las políticas, planes y programas en materia cultural y patrimonial, y propenderá a su incorporación en forma transversal en la actuación del Estado.
Que en orden al cumplimiento del objeto, funciones y atribuciones de esta Secretaría de Estado, la ley Nº 21.125, de Presupuestos del Sector Público para el año 2019, en la glosa Nº 12 de la asignación 087 del programa 01 del capítulo 01, correspondiente a "Actividades de fomento y desarrollo cultural", contempla recursos destinados a financiar las actividades culturales y artísticas propias del Ministerio y patrocinadas o auspiciadas por éste, agregando que esta asignación se ejecutará según se establezca por resolución de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, visada por la Dirección de Presupuestos.
Que la glosa correspondiente a la citada asignación 087 establece que con cargo a esos recursos se financiarán las siguientes líneas de acción: a) Fomento de las Artes e Industrias Creativas; b) Ciudadanía, Cultura y Acceso a Bienes y Servicios Culturales; c) Programación y Difusión de las Culturas y las Artes; d) Estudios, Investigaciones y Evaluaciones del Ámbito Artístico y Cultural; e) Internacionalización del Arte y las Culturas, y f) Desarrollo Cultural Regional y Local.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa precitada corresponde dictar el acto administrativo que establece la forma de ejecución de recursos y ámbitos de actividades a financiar con cargo a la asignación correspondiente a "Actividades de fomento y desarrollo cultural". Por tanto,
Resuelvo:
Artículo primero: La asignación correspondiente a "Actividades de fomento y desarrollo cultural" se ejecutará conforme a lo dispuesto en la Glosa Nº 12, asignación 087, ítem 03, subtítulo 24 del programa 01, capítulo 01, partida 29, del presupuesto del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Artículo segundo: La asignación señalada en el artículo primero de esta resolución comprende el financiamiento de los gastos establecidos en la glosa respectiva y, en términos generales, comprende las siguientes líneas de acción, actividades y gastos asociados:
Líneas de Acción
a) Fomento de las Artes e Industrias Creativas
Acciones orientadas a fortalecer las etapas del ciclo creativo de los/las agentes culturales, generando estrategias para potenciar la oferta y demanda de bienes y servicios artísticos culturales en el país y en el extranjero, tales como:
. Formación de creadores y mediadores, para las disciplinas artísticas de artes escénicas, artes de la visualidad, artesanía, diseño, arquitectura, que podrá ser a través de residencias artísticas, laboratorios, talleres, diálogos y/o seminarios específicos por disciplina.
. Formación de agentes culturales mediante la implementación de escuelas de rock y música popular chilena.
. Promoción y puesta en valor del patrimonio artístico para las disciplinas artísticas de artes escénicas, artes de la visualidad, artesanía, diseño, arquitectura.
. Mediación y formación de públicos.
. Circulación, asociatividad y redes de intercambio nacional e internacional, que podrá ser a través de asistencia a festivales, seminarios, ferias y/o mercados nacionales e internacionales.
. Difusión y reconocimiento de las disciplinas artísticas, que podrá ser a través de acciones de conmemoración de los Días de las Artes, entrega de reconocimientos a la trayectoria de artistas y agentes culturales y/o publicación de obras.
Para estos efectos, a través de esta línea de acción se podrá realizar:
Contratación de servicios logísticos y de producción integral para la realización de encuentros, talleres, congresos, ceremonias, festivales, ferias y otras reuniones que cuenten con la participación de terceros que promuevan, capaciten y fortalezcan la formación de creadores, mediadores, agentes culturales, circulación, asociatividad y redes de intercambio de las disciplinas artísticas.
Contratación de expertos para la evaluación y jura de premios, reconocimientos y otras menciones otorgadas a artistas, cultores, creadores y comunidades y organizaciones culturales nacionales por su trayectoria o excelencia, incluyendo el pago de honorarios y el financiamiento de gastos asociados a su traslado y participación en instancias presenciales de selección y premiación.
Entrega de premios, reconocimientos, dinero, diplomas, galvanos otorgados a artistas, cultores, creadores y comunidades y organizaciones culturales nacionales, circulación de obras, promoción nacional e internacional, inclusión en sistemas de registro, y otros galardones de carácter no pecuniario, en conformidad a lo dispuesto en el numeral 21 del artículo 3 de la ley 21.045 u otros del mismo carácter autorizados previo acto administrativo, de ámbito nacional o regional. Incluye el financiamiento de gastos asociados a la producción de instancias de premiación, alojamiento y traslado de adjudicatarios, servicios de publicidad y difusión, entre otros.
Difusión y promoción de disciplinas artísticas y culturales a través de campañas, exposiciones, convocatorias, ferias, mercados, muestras, publicaciones, registros, entre otros.
Compra y contratación de bienes y servicios que permitan el funcionamiento y desarrollo de las actividades e iniciativas de línea de acción a nivel nacional y regional. Incluye el pago de derechos de autor y conexos, traslado de obras, servicios de tasación y el pago de seguros de bienes y personas.
Contratación de artistas, relatores, gestores culturales, curadores, investigadores, profesionales, expertos y/o especialistas, nacionales y extranjeros, en temáticas de fomento y desarrollo cultural.
Arriendo de infraestructura para la realización de encuentros, talleres, congresos, ceremonias, festivales, ferias y otras reuniones que cuenten con la participación de terceros que promuevan, capaciten y fortalezcan la formación de creadores, mediadores, agentes culturales, circulación, asociatividad y redes de intercambio de las disciplinas artísticas. Incluye el arriendo de salones, salas, oficinas, espacios culturales, entre otros, con sujeción a lo establecido en el artículo 25º de la ley 21.125 que aprueba el Presupuesto del Sector Público.
Gastos en personal que permitan la implementación y desarrollo de las actividades de esta línea de acción, incluyendo viáticos, traslados, alimentación y alojamiento, según corresponda.
b) Ciudadanía, Cultura y Acceso a Bienes y Servicios Culturales
Acciones vinculadas a mejorar el acceso y participación de la ciudadanía a bienes y servicios artísticos y culturales a nivel nacional, regional y local, con enfoques de inclusión tales como:
- Promoción de las expresiones culturales de las personas migrantes.
- Implementación de proyectos artísticos y culturales en sitios de memoria.
- Formación en procesos de gestión cultural a nivel local, considerando grupos específicos como: las agrupaciones de derechos humanos que administran espacios de memoria; personas vinculadas a la inclusión de migrantes, las que podrán ser ciclos de talleres, capacitaciones y disposición de material pedagógico.
- Asociatividad y redes para la gestión cultural, que podrá ser a través de encuentros y diálogos.
- Fomento de acciones artístico-culturales que prioricen aquellas con perspectiva de género y a niños, niñas y adolescentes que se encuentran en situación de vulneración de sus derechos.
- Difusión de actividades artístico-culturales programadas en espacios culturales a nivel nacional y regional, mediante plataforma digital de acceso ciudadano.
Para estos efectos, a través de esta línea de acción se podrá realizar:
Contratación de servicios logísticos y de producción integral para la realización de encuentros, talleres, congresos, ceremonias, festivales, ferias y otras reuniones que cuenten con la participación de terceros que promuevan, fortalezcan y contribuyan al acceso, fomento, formación y generación de capacidades en gestión cultural.
Difusión y promoción de actividades relativas a gestión cultural, interculturalidad, migrantes y espacios y sitios de memoria mediante la realización de celebraciones y/o conmemoraciones, campañas, exposiciones, convocatorias, ferias, mercados, muestras, publicaciones, registros, entre otros.
Compra y contratación de bienes y servicios que permitan el funcionamiento y desarrollo de las actividades e iniciativas de esta línea de acción a nivel nacional y regional. Incluye el pago de derechos de autor y conexos y el pago de seguros de bienes y personas.
Contratación de artistas, relatores, gestores culturales, curadores, investigadores, profesionales, expertos y/o especialistas, nacionales y extranjeros, en temáticas de acceso y participación cultural.
Arriendo de infraestructura para la realización de encuentros, talleres, congresos, ceremonias, festivales, ferias y otras reuniones que cuenten con la participación de terceros que promuevan, capaciten y fortalezcan el acceso y participación de la ciudadanía a bienes y servicios artísticos y culturales. Incluye el arriendo de salones, salas, oficinas, espacios culturales, entre otros, con sujeción a lo establecido en el artículo 25º de la ley 21.125 que aprueba el Presupuesto del Sector Público.
Gastos en personal que permitan la implementación y desarrollo de las actividades de esta línea de acción, incluyendo viáticos, traslados, alimentación y alojamiento, según corresponda.
c) Programación y Difusión de las Culturas y las Artes
Acciones orientadas a la generación de oferta artística y cultural y a su difusión, tanto presencial como digital, tales como:
- Programación de exposiciones de obras de arte contemporáneo disponibles en la Galería Gabriela Mistral y Centro Nacional de Arte Contemporáneo de Cerrillos, y su circulación y difusión en el territorio nacional.
- Mediación y difusión de exposiciones y colecciones.
- Documentación, conservación e investigación de patrimonio del arte contemporáneo.
- Programación de obras de distintas disciplinas artísticas en el Centro de Extensión institucional, considerando acciones de mediación de tales.
- Programación de Festivales masivos, que promuevan las expresiones artístico-culturales en territorios, considerando grupos específicos como adolescentes, jóvenes y/o migrantes.
- Programación de contenidos audiovisuales nacionales en todo el país y apoyo a la creación de contenidos audiovisuales ciudadanos en regiones distintas a la metropolitana, difundidos mediante una plataforma digital de acceso gratuito para la ciudadanía.
Para estos efectos, a través de esta línea de acción se podrá realizar:
Contratación de servicios logísticos y de producción integral para la realización de encuentros, ciclos de exposición, festivales, itinerancias, talleres, seminarios, ceremonias, ferias y otras reuniones que cuenten con la participación de terceros que permitan facilitar el acceso y participación cultural de la ciudadanía a una programación artística y cultural diversa e intercultural.
Difusión y promoción de la oferta artística cultural a través de campañas, exposiciones, convocatorias, ferias, mercados, muestras, publicaciones, registros, entre otras.
Compra y contratación de bienes y servicios que permitan el funcionamiento y desarrollo de las actividades e iniciativas de esta línea de acción a nivel nacional y regional. Incluye el pago de derechos de autor y conexos, traslado de obras, servicios de tasación y el pago de seguros de bienes y personas.
Contratación de artistas, mediadores, diseñadores, relatores, gestores culturales, curadores, investigadores, profesionales, expertos y/o especialistas, nacionales y extranjeros, necesarios para la realización de encuentros, ciclos de exposición, festivales, itinerancias, talleres, seminarios, ceremonias, ferias y otras reuniones.
Conservación y restauración de obras: compra de materiales, contratación de expertos en conservación y/o restauración de obras.
Arriendo de infraestructura para la realización de encuentros, talleres, congresos, ceremonias, festivales, ferias y otras reuniones que cuenten con la participación de terceros que promuevan y fortalezcan la generación de oferta artística y cultural. Incluye el arriendo de salones, salas, oficinas, espacios culturales, entre otros, con sujeción a lo establecido en el artículo 25º de la ley 21.125 que aprueba el Presupuesto del Sector Público.
Gastos en personal que permitan la implementación y desarrollo de las actividades de esta línea de acción, incluyendo viáticos, traslados, alimentación y alojamiento, según corresponda.
d) Estudios, Investigaciones y Evaluaciones del Ámbito Artístico y Cultural
Acciones orientadas al levantamiento y generación de contenidos en el ámbito artístico-cultural con perspectiva nacional, regional y local, con la finalidad de generar conocimiento e información que aporte al desarrollo de políticas públicas en artes y culturas; que oriente el quehacer institucional del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; y que aporte con información a agentes externos interesados en el desarrollo de las artes y las culturas, tales como:
- Diseño e implementación del Sistema de Información Cultural de Chile, estructura que permitirá orientarse al ejercicio de la labor de soporte de información cultural desde un enfoque territorial.
- Generación de contenidos y documentación, recopilando, editando y comunicando información que genera la Subsecretaría a través de sus estudios, investigaciones y reportes a los distintos públicos interesados;
- Difusión de investigaciones en cultura mediante publicaciones.
- Generación, levantamiento y validación de estadísticas culturales artísticas, y análisis de datos cuantitativos relativos a las políticas, planes, programas e iniciativas culturales, artísticas y patrimoniales desarrolladas por el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Para estos efectos, a través de esta línea de acción se podrá realizar:
Contratación de servicios logísticos y de producción integral para la realización de encuentros, talleres, congresos, ceremonias, seminarios, ferias y otras reuniones que cuenten con la participación de terceros que promuevan, capaciten y fortalezcan las temáticas relacionadas con la investigación y generación de datos cualitativos y cuantitativos en torno a las políticas culturales y artísticas.
Contratación de servicios de elaboración, edición, impresión y distribución de publicaciones, investigaciones, entre otros.
Compra y contratación de bienes y servicios que permitan el funcionamiento y desarrollo de las actividades e iniciativas de esta línea de acción a nivel nacional y regional. Incluye el pago de derechos de autor y conexos, y el pago de seguros de bienes y personas.
Contratación de profesionales, investigadores, expertos y especialistas, nacionales y extranjeros, para desarrollar funciones de evaluación, de apoyo metodológico y/o análisis de datos y contenidos, incluyendo el pago de honorarios y el financiamiento de gastos asociados su traslado y participación en instancias presenciales.
Arriendo de infraestructura para la realización de encuentros, talleres, congresos, ceremonias, festivales, ferias y otras reuniones que cuenten con la participación de terceros que promuevan, fortalezcan y contribuyan a generar conocimiento e información que aporte al desarrollo de políticas públicas en artes y culturas al acceso. Incluye el arriendo de salones, salas, oficinas, espacios culturales, entre otros, con sujeción a lo establecido en el artículo 25º de la ley 21.125 que aprueba el Presupuesto del Sector Público.
Gastos en personal que permitan la implementación y desarrollo de las actividades de esta línea de acción, incluyendo viáticos, traslados, alimentación y alojamiento, según corresponda.
e) Internacionalización del Arte y las Culturas
Acciones orientadas a articular el ámbito artístico-cultural en el extranjero, considerando el ámbito de relaciones exteriores y el posicionamiento de agentes culturales nacionales fuera del país, tales como:
- Difusión y circulación de artistas y gestores/as culturales y sus obras a nivel internacional, en instancias que podrán ser ferias, festivales, mercados, circuitos o certámenes internacionales.
- Instancias de formación e intercambio de artistas y gestores/as culturales, mediante participación en residencias, pasantías, escuelas y/o seminarios internacionales.
- Participación del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en instancias bilaterales y multilaterales con Ministerios de otros países.
- Generación de instancias de cooperación internacional, que podrá ser a través del sistema de cooperación iberoamericano.
- Participación en instancias que fortalezcan las relaciones diplomáticas, que podrán ser encuentros diplomáticos, festivales, proyectos con embajadas y/o institutos binacionales.
Contratación de servicios logísticos y de producción integral para la realización de encuentros, talleres, congresos, ceremonias, seminarios y otras reuniones que cuenten con la participación terceros que promuevan, capaciten y fortalezcan las temáticas de internacionalización del arte y las culturas. de
Contratación de expertos internacionales para la evaluación y jura de premios, reconocimientos y otras menciones otorgadas a artistas por su trayectoria o excelencia, incluyendo el pago de honorarios y el financiamiento de gastos asociados su traslado y participación en instancias presenciales de selección y premiación.
Compra y contratación de bienes y servicios que permitan el funcionamiento y desarrollo de las actividades e iniciativas de esta línea de acción a nivel nacional e internacional. Incluye el pago de derechos de autor y conexos, traslado de obras, servicios de tasación y el pago de seguros de bienes y personas.
Contratación de servicios que posibiliten la circulación, reconocimiento y muestra de artistas y obras nacionales en el extranjero e internacionales en territorio nacional, incluyendo servicios de producción, de embalaje especializado, pago de seguros, transporte de obras, trámite aduanero, entre otros.
Financiamiento de pasajes y servicios de producción integral que posibiliten la participación de artistas, productores, gestores culturales y otras personas naturales y jurídicas en instancias internacionales como reuniones, mesas de trabajo, seminarios, jornadas, talleres, congresos, ceremonias, ferias, mercados y festivales, en el ámbito de las culturas y las artes.
Arriendo de infraestructura para la realización de encuentros, talleres, congresos, ceremonias, festivales, ferias y otras reuniones que cuenten con la participación de terceros que promuevan, capaciten y fortalezcan la internacionalización del arte y las culturas. Incluye el arriendo de salones, salas, oficinas, espacios culturales, entre otros, con sujeción a lo establecido en el artículo 25º de la ley 21.125 que aprueba el Presupuesto del Sector Público.
Gastos en personal que permitan la implementación y desarrollo de las actividades de esta línea de acción, incluyendo viáticos, traslados, alimentación y alojamiento, según corresponda.
f) Desarrollo Cultural Regional y Local
Acciones orientadas al desarrollo artístico-cultural, poniendo énfasis en el desarrollo equitativo de los territorios, tales como:
- Programación artística con sello regional, focalizando en comunas distintas a la capital regional, y/o zonas geográficamente aisladas.
- Realización de proyectos con identidad regional, de carácter representativo para los territorios en el ámbito artístico y cultural.
- Formación en procesos de gestión cultural y materias específicas de disciplinas artísticas a nivel local, las que podrán ser ciclos de talleres, capacitaciones, disposición de material pedagógico, clínicas, dirigidas a artistas, cultores, realizadores, gestores, productores y comunidad.
- Asociatividad y redes para la gestión cultural, que podrá ser a través de encuentros y diálogos.
- Reconocimientos asociados a la gestión cultural y a disciplinas artísticas a nivel regional y local, que podrán ser conmemoraciones de fechas emblemáticas y reconocimiento de artistas, gestores/as o cultores/as connotados a nivel regional y local, a través de la entrega de premios regionales.
- Difusión mediante itinerancias de obras a nivel regional y local, especialmente en comunas distintas a la capital regional y territorios aislados.
- Coordinación con los Gobiernos Regionales del país, para articular estrategia y líneas de cofinanciamiento con el Fondo de Desarrollo Regional y/o con el 2% vinculado al ámbito de cultura.
Contratación de servicios logísticos y de producción integral para la realización de encuentros, talleres, congresos, ceremonias, festivales, ferias y otras reuniones que cuenten con la participación de terceros que promuevan, capaciten y fortalezcan el desarrollo y la identidad cultural regional y/o local.
Contratación de expertos para la evaluación y jura de premios, reconocimientos y otras menciones otorgadas a artistas, cultores, creadores y comunidades y organizaciones culturales nacionales por su trayectoria o excelencia, en el ámbito regional, incluyendo el pago de honorarios y el financiamiento de gastos asociados su traslado y participación en instancias presenciales de selección y premiación.
Entrega de premios, reconocimientos, dinero, diplomas, galvanos otorgados a artistas, cultores, creadores y comunidades y organizaciones culturales nacionales, circulación de obras, promoción nacional e internacional, inclusión en sistemas de registro, y otros galardones de carácter no pecuniario, en conformidad a lo dispuesto en el numeral 21 del artículo 3 de la ley 21.045 u otros del mismo carácter autorizados previo acto administrativo, de ámbito nacional o regional. Incluye el financiamiento de gastos asociados a la producción de instancias de premiación, alojamiento y traslado de adjudicatarios, servicios de publicidad y difusión, entre otros.
Difusión y promoción de actividades, oferta artística y cultural, gestión cultural y disciplinas artísticas a nivel regional y local a través de campañas, exposiciones, convocatorias, ferias, mercados, muestras, publicaciones, registros fotográficos, audiovisuales, entre otros.
Compra y contratación de bienes y servicios que permitan el funcionamiento y desarrollo de las actividades e iniciativas de esta línea de acción. Incluye el pago de derechos de autor y conexos, traslado de obras, servicios de tasación y el pago de seguros de bienes y personas.
Contratación de artistas, relatores, gestores culturales, curadores, investigadores, profesionales, expertos y/o especialistas, nacionales y extranjeros, en temáticas de fomento y desarrollo cultural
Arriendo de infraestructura para la realización de encuentros, talleres, congresos, ceremonias, festivales, ferias y otras reuniones que cuenten con la participación de terceros que promuevan y fortalezcan el desarrollo artístico-cultural regional y/o local. Incluye el arriendo de salones, salas, oficinas, espacios culturales, entre otros, con sujeción a lo establecido en el artículo 25º de la ley 21.125 que aprueba el Presupuesto del Sector Público.
Gastos en personal que permitan la implementación y desarrollo de las actividades de esta línea de acción, incluyendo viáticos, traslados, alimentación y alojamiento, según corresponda.
Artículo tercero : La ejecución de lo establecido precedentemente se realizará, según corresponda en cada caso, de conformidad a las normas de la ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su reglamento, y/o en el marco a las funciones y atribuciones previstas en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Artículo cuarto: Se hace presente que los gastos de honorarios del presente programa no podrán exceder el límite de los montos establecidos en la glosa presupuestaria respectiva.
Artículo quinto: Una vez tramitada totalmente, publíquese la presente resolución en el sitio electrónico de Gobierno Transparente del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, por el Departamento Jurídico, en la categorías "Marco normativo" y "Potestades, competencias, facultades, atribuciones y tareas" de la sección "Potestades y Marco Normativo", en cumplimiento de lo previsto en el artículo 7º del artículo primero de la ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, y en el artículo 51 de su reglamento.
Anótese, vísese por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda y publíquese.- Juan Carlos Silva Aldunate, Subsecretario de las Culturas y las Artes.