1) Modifícase la resolución exenta Nº 9.520 (V. y U.), de fecha 22 de noviembre de 2018, en los siguientes términos:
a. Agrégase al final del resuelvo 4 la siguiente frase: "El ahorro adicional y/o cofinanciamiento (aporte de tercero y/o crédito hipotecario), debe estar enterado al momento del ingreso del proyecto definitivo a Serviu. Sin perjuicio de lo anterior, Serviu verificará que la solución habitacional sea íntegramente financiada con el subsidio más el cofinanciamiento.".
b) Sustitúyese en la oración inicial del resuelvo 28 el guarismo "1.050.034" por "1.049.382,76", y la tabla inserta en el resuelvo 28 por la siguiente:

2) Apruébanse las nóminas de seleccionados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al cierre de postulación del Llamado en Condiciones Especiales del año 2018, del Programa de Habitabilidad Rural en su Título II, Modalidad Vivienda Nueva, regulado mediante la resolución exenta Nº 9.520 (V. y U.), de 2018 y sus modificaciones, las que se adjuntan a la presente resolución. Además, fíjase el número de postulantes seleccionados por Región y tipología de proyecto, según se indica en la siguiente tabla:

3) Comprométanse los recursos disponibles para la selección del Llamado en Condiciones Especiales de 2018, citado en el Visto d) de la presente resolución, los que se destinarán al financiamiento de subsidios habitacionales, cuyos proyectos deberán ser aprobados en los plazos establecidos en el artículo 44 del DS Nº 10 (V. y U.), de 2015, Reglamento del Programa de Habitabilidad Rural, y cuya prórroga o nuevo plazo deberá atender estrictamente a lo establecido en el artículo 63 de este decreto, así como al pago de los servicios de Asistencia Técnica (AT), Conservador de Bienes Raíces y Fiscalización Técnica de Obras (FTO). Corresponderá a cada Serviu, en el marco de la aprobación del proyecto, la evaluación del presupuesto detallado de cada subsidio otorgado al amparo de la presente resolución, debiendo rebajar total o parcialmente el monto asignado al postulante seleccionado, cuando los recursos solicitados no se encuentren debidamente fundamentados y justificados.
La distribución de los recursos que se comprometen para el número de familias que se detalla, es la siguiente:

4) Impútese el monto total de 1.049.382,76 Unidades de Fomento, asignados en el resuelvo 3 de la presente resolución exenta, a los recursos autorizados para el Programa de Habitabilidad Rural del año 2018.