ESTABLECE RÉGIMEN ARTESANAL DE EXTRACCIÓN POR ORGANIZACIÓN PARA LA PESQUERÍA ARTESANAL DE MERLUZA COMÚN EN REGIONES QUE INDICA

    Por decreto exento N° 29, de 13 de febrero de 2019, de este Ministerio, las pesquerías artesanales de Merluza común correspondientes a las Áreas Centro de la Región de Coquimbo, Centro de la Región de Valparaíso, Sur de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, Norte 1, Norte 2 y Sur de la Región del Maule, Norte, Centro y Sur de las Regiones de Ñuble y del Biobío, establecidas de conformidad con lo dispuesto mediante decretos exentos N° 154 y N° 366, ambos de 2003, del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, quedarán sometidas al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales, según se indica:
    El presente decreto regirá desde la fecha de su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley General de Pesca y Acuicultura y hasta el 31 de diciembre de 2028, ambas fechas inclusive.
    El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.


    Valparaíso, 13 de febrero de 2019.- Eduardo Riquelme Portilla, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.