MODIFICA LÍMITES DE CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL EN LA COMUNA DE TEMUCO, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

    Núm. O-83.- Santiago, 25 de febrero de 2019.

    Visto:

    1. Las resoluciones "O" Nº 73, Nº 74 y Nº 75, todas de fecha 25 de febrero de 2019, que crean las Circunscripciones Electorales Temuco Norte, Fundo El Carmen y Temuco Sur, respectivamente.
    2. Lo informado por correo electrónico de fecha 07/01/2019 de la Dirección Regional de la Región de la Araucanía.
    3. La concurrencia de las circunstancias establecidas en el artículo 51 de la Ley Nº 18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral.
    4. Las atribuciones que me confiere el artículo 69 letra e), de la ley Nº 18.556 ya citada.

    Resuelvo:

    1º Modifícanse los límites de la Circunscripción Electoral denominada "Pedro de Valdivia (Temuco)" en la comuna de Temuco, provincia de Cautín, Región de la Araucanía, cuyo territorio jurisdiccional será: al Norte, límite con la comuna de Lautaro, desde sector Pumalito, en dirección oeste por toda su extensión hasta el límite con la comuna de Galvarino; límite con la comuna de Galvarino, en dirección oeste por toda su extensión hasta confluir en el límite con la comuna de Cholchol en el sector del estero Deile; al Sur, Ruta S-20, desde límite con la comuna de Cholchol, en dirección oriente hasta intersección con Ruta S-320; línea imaginaria que corre en dirección sur desde intersección de Rutas S-20 y S-320, hasta calle Braulio Arenas y continúa hacia el sur hasta intersectar calle Luis Durand; calle Luis Durand desde intersección con línea imaginaria en dirección este hasta intersección con Avda. Andes; Avda. Andes en dirección sur hasta puente sobre canal Gibbs; canal Gibbs, desde Avda. Andes en dirección este por todo su curso hasta la desembocadura del Estero Temuco o Pichi Temuco; Estero Temuco desde su desembocadura en el canal Gibbs, en dirección norte por espacio de 500 metros aproximadamente hasta desembocadura de antiguo canal de desagüe; línea recta imaginaria desde desembocadura de antiguo canal de desagüe en Estero Temuco hasta intersectar Ruta S-352; al Este, Ruta S-352, desde intersección con línea recta imaginaria en antiguo canal de desagüe, en dirección norte hasta intersección con camino vecinal que va a sector Esperanza de Chivilcán; Camino Vecinal, en dirección norte recorriendo camino interior en sector Coraliza; camino interior, desde sector Coraliza en dirección norte hasta intersectar camino Los Castaños; camino Los Castaños en dirección Este hasta intersectar camino vecinal en sector Pumalito y límite con la comuna de Lautaro y, al Oeste, límite con la comuna de Cholchol, desde el Estero Deile, en dirección sur hasta intersectar Ruta S-20.
    2º Modifícase el territorio jurisdiccional de la Circunscripción Electoral Pedro de Valdivia (Temuco) en el sentido que el territorio jurisdiccional de dicha circunscripción es el descrito en el punto 1º de la presente resolución.
    3º Procédase a la incorporación automática de todos los electores con domicilio electoral en el territorio jurisdiccional de la Circunscripción Electoral Pedro de Valdivia (Temuco).
    4º Publíquese dentro del 5º día en el Diario Oficial.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Raúl García Aspillaga, Director.