Artículo primero: Modifícase el artículo 3° del decreto supremo N° 270, de 2014, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en el siguiente sentido:
    1) Reemplázase su inciso primero, por el siguiente:
    "Artículo 3°: La Comisión estará integrada por los siguientes miembros:
    a) Raphael Bergoeing Vela, RUT 9.838.812-5, quien ejercerá como Presidente de la Comisión.
    b) Joseph Rafael Ramos Quiñones, RUT 14.698.893-8.
    c) Vesna Mandakovic Pizarro, RUT 13.507.570-1.
    d) Verónica Mies Moreno, RUT 10.715.198-2.
    e) Juan Cristóbal Marshall Silva, RUT 13.892.894-2.
    f) María Aurora Olave Lacamara, RUT 13.441.915-6.
    g) Marcelo Andrés Soto Ulloa, RUT 10.197.919-9.
    h) Sergio Urzúa Soza, RUT 13.254.910-9.
    i) Un representante del Ministerio de Hacienda.
    j) Un representante del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.".
    2) Reemplázase su inciso tercero, por el siguiente:
    "Los representantes de los Ministerios señalados en las letras i) y j) integrarán la Comisión sólo con derecho a voz y serán designados por resolución del Ministro de Hacienda o del Ministro de Economía, Fomento y Turismo, según corresponda. En caso de renuncia, ausencia o impedimento permanente para ejercer sus funciones, serán reemplazados por resolución del Ministro respectivo."