Artículo 14°.- Del proceso de postulación al Consejo Consultivo. La Defensoría realizará un llamado a postulación para integrar el Consejo Consultivo, el que se difundirá públicamente en la página web de la Defensoría y, por una vez, en un diario de circulación nacional. Hecho el llamado, las organizaciones de la sociedad civil, organizaciones de NNA y las universidades reconocidas por el Estado y acreditadas, que se encuentren inscritas en el Registro regulado en el artículo 12, deberán presentar a la Defensoría los antecedentes de sus postulantes, quienes serán elegidos(as), conforme lo dispuesto en el artículo 13, por resolución del (la) Defensor(a) dentro de un plazo de 30 días hábiles, contados desde el cierre de la recepción de los antecedentes.