Artículo 22°. Unidades de la Defensoría de los Derechos de la Niñez. Para el debido cumplimiento de los objetivos de la Defensoría, esta realizará sus funciones a través de las siguientes unidades:
    a) Unidad de Promoción y Difusión de Derechos.
    b) Unidad de Protección de Derechos y Representación Judicial.
    c) Unidad de EstudiosDecreto 1,
SEC. GRAL. PRES.
Art. único N° 3 a), b)
D.O. 11.03.2022
, Publicaciones y Estadísticas.
    d) Unidad de Gestión Institucional.
    Cada Unidad será dirigida por un(a) Director(a), quien será el (la) responsable de cumplir los objetivos de la Unidad y dar cumplimiento a todas las funciones asignadas a ésta.