1. Modifícase la resolución N° 3.418, de 2002, que establece requisitos de internación para estructuras subterráneas de reproducción vegetativa de especies ornamentales reemplazando el resuelvo N° 9 por lo siguiente:
 
    9. Las siguientes especies no requerirán declaraciones adicionales en el Certificado Fitosanitario para su ingreso al país:
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