TÍTULO QUINTO
    DE LA DIVISIÓN COMERCIALIZACIÓN


    PÁRRAFO 1°
    DE LA DIVISIÓN COMERCIALIZACIÓN


    Artículo 22. A la División Comercialización le corresponderá asegurar el acceso a los servicios sanitarios contenidos en el Plan de Salud de los beneficiarios del Fonasa, mediante la detección de necesidades, gestionando la oferta y demanda con enfoque sanitario, de equidad y eficiencia en el uso de los recursos.

    Artículo 23. Serán funciones de la División Comercialización las siguientes:

    a) Diseñar planes, programas y acciones para asegurar la entrega de servicios sanitarios a los beneficiarios del Fonasa en el marco de las prioridades sanitarias.
    b) Identificar la oferta pública y privada de prestaciones, organizar y gestionar redes de oferta de acuerdo a la demanda y las definiciones del Ministerio de Salud.
    c) Identificar brechas de atención de los beneficiarios del Fonasa y proponer programas y acciones a fin de tender al cierre de brechas.
    d) Proponer al Director, administrar y evaluar distintos mecanismos de pago a proveedores públicos y privados.
    e) Definir términos de referencia de contratos de compra sanitaria.
    f) Proponer, diseñar, administrar y evaluar los convenios de compra sanitaria, compromisos de gestión y cualquier otro instrumento de compra de servicios sanitarios con los prestadores públicos y privados.
    g) Definir los mecanismos de referencia y contra referencia entre la red de prestadores públicos y privados en el marco de los convenios que suscriba.
    h) Definir y supervisar el proceso de visado para el pago a los prestadores públicos y privados, en el marco de los convenios vigentes.
    i) Proponer, diseñar, administrar y entregar lineamientos para el proceso de inscripción de Prestadores en el Rol de la Modalidad Libre Elección y de la relación comercial a establecer con dichos prestadores.
    j) Asesorar a las Direcciones Zonales, Divisiones y demás dependencias del Fondo Nacional de Salud en materias de competencia de la División y dar cumplimiento a las demás tareas que le encomiende el Director del Fonasa.

    Artículo 24. La División Comercialización estará integrada por los siguientes Departamentos, los cuales dependerán directamente del Jefe de la División:

    I. Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, a, i)
D.O. 10.04.2021
Departamento Gestión Comercial Servicios de Salud.
    II. Departamento Gestión Comercial Complementaria.
    3.Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, a, ii) y iii)
D.O. 10.04.2021
Departamento de Gestión de Convenios MAI.
    4. Departamento Mecanismos de Pago.
    5. Departamento de Servicio al Prestador.





    PÁRRAFO 2°
    DEL DEPAResolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, c
D.O. 10.04.2021
RTAMENTO GESTIÓN COMERCIAL SERVICIOS DE SALUD







    Artículo 26. Serán funciones del Departamento Gestión Comercial S.N.S.S. las siguientes:

    a) Elaborar planes, programas y acciones para asegurar la entrega de servicios sanitarios a nuestros beneficiarios a través de los prestadores de salud del Sistema Nacional de Servicios de Salud.
    b) Implementar, gestionar, supervisar y evaluar mecanismos de compra a prestadores del Sistema Nacional de Servicios de Salud.
    c) Elaborar contenidos técnicos de convenios de compra a prestadores del Sistema Nacional de Servicios de Salud.
    d) Proponer, diseñar y administrar los convenios de compra, los compromisos de gestión y cualquier otro instrumento de compra de servicios sanitarios a prestadores del Sistema Nacional de Servicios de Salud.
    e) Identificar y geo-referenciar la oferta del Sistema Nacional de Servicios de Salud de prestaciones a nivel regional, macro regional y nacional.
    f) Organizar y dirigir los Directorios de Compra con los Servicios de Salud de las Regiones Metropolitana de Santiago y del Libertador General Bernardo O'Higgins.
    g) Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, d, i)
D.O. 10.04.2021
Levantar brechas de oferta del Sistema Nacional de Servicios de Salud a nivel regional, macro regional y nacional.
    h) Monitorear los procesos de facturación y ejecución de transferencia de los recursos a los Servicios de Salud, a través de los distintos mecanismos de compra definidos.
    i) Elaborar las solicitudes de los decretos presupuestarios asociados que ajusten el presupuesto de los Servicios de Salud al efectivo pago de actividad sanitaria.
    j) Informar a otras Divisiones o Departamentos en el ámbito de la compra sanitaria del Sistema Nacional de Servicios de Salud.
    k) Ser contraparte de las Direcciones Zonales del Fonasa en el ámbito de competencia del Departamento.
    l) Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, d, ii)
D.O. 10.04.2021
Representar a FONASA en DIGERA en las distintas Mesas de Trabajo de Implementación de nuevos Programas en la Red.
    m) Dar cumplimiento a todas las tareas que encomiende el Jefe de la División.


    Artículo 27. Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, e
D.O. 10.04.2021
Del Departamento Gestión Comercial Servicios de Salud dependerán los siguientes Subdepartamentos:

    I. Subdepartamento Comercial Nivel Central.
    II. Subdepartamento Comercial Servicios de Salud.


    Artículo 28. Serán funciones del Subdepartamento Comercial Nivel Central, las siguientes:

    a) Ejercer la relación comercial con los Servicios de Salud de las Regiones Metropolitana de Santiago y del Libertador General Bernardo O'Higgins.
    b) Organizar los Directorios de Compra de las Regiones Metropolitana de Santiago y del Libertador General Bernardo O'Higgins.
    c) Monitorear listas de espera y garantías GES con los Servicios de Salud de las Regiones Metropolitana de Santiago y del Libertador General Bernardo O'Higgins, determinando brechas y proponiendo su resolución.
    d) Monitorear los procesos de las cuentas médicas y ejecución de transferencia de los recursos a los Servicios de Salud las Regiones Metropolitana de Santiago y del Libertador General Bernardo O'Higgins, a través de los distintos mecanismos de compra pública.
    e) Controlar la ejecución de prestaciones convenidas en los Servicios de Salud de las Regiones Metropolitana de Santiago y del Libertador General Bernardo O'Higgins, velando por el cumplimiento de los compromisos y la ejecución presupuestaria.
    f)Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, f, i)
D.O. 10.04.2021
Gestionar acceso a atenciones de salud, requeridas a través de los distintos canales de contacto que se disponen para ello, de las regiones Metropolitana de Santiago y del Libertador General Bernardo O'Higgins.     
    g) Gestionar la resolución de casos judicializados de los Servicios de Salud, de las regiones Metropolitana de Santiago y del Libertador General Bernardo O'Higgins.
    h) Dar cumplimiento a todas las tareas que encomiende el Jefe del Departamento.


    Artículo 29. Serán funciones del Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, g, i)
D.O. 10.04.2021
Subdepartamento Comercial Servicios de Salud las siguientes:

    a) Implementar y gestionar distintos mecanismos de compra a prestadores públicos.
    b) Ser contraparte con unidades comerciales de las Direcciones Zonales del país.
    c) Consolidar la prefacturación de los establecimientos del S.N.S.S. y preparar los antecedentes y propuesta de transferencias mensuales a los Servicios de Salud.
    d) Evaluar distintos mecanismos de compra a prestadores del S.N.S.S.
    e) Elaborar contenidos técnicos de convenios de compra a prestadores públicos.
    f) Elaborar las distintas solicitudes de los decretos presupuestarios asociados a la compra sanitaria a prestadores del S.N.S.S.
    g) Consolidar y monitorear los Acuerdos de Gestión y los Acuerdos de Programación suscritos con los Servicios de Salud.
    h)Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, g, ii)
D.O. 10.04.2021
Consolidar y sistematizar la información generada por el Departamento, necesaria para la toma de decisiones de las autoridades.
    i) Dar respuesta, en temas de competencia del Departamento, a las solicitudes de transparencia.
    j) Dar respuesta, en los temas que lleva el Departamento, a las distintas solicitudes de información de entidades externas (Minsal - Dipres - Prestadores, etc.) o de otros Departamentos de Fonasa.
    k) Ser la contraparte de TI para la implementación y mantención de los Sistemas Informáticos utilizados por el Departamento.
    l) Dar cumplimiento a todas las tareas que encomiende el Jefe de Departamento.

    PÁRRAFO 3°
    DEL DEPARTAMENTO GESTIÓN COMERCIAL COMPLEMENTARIA


    Artículo 30. Serán funciones del Departamento Gestión Comercial Complementaria las siguientes:

    a) Elaborar planes, programas y acciones para asegurar la entrega de servicios sanitarios a nuestros beneficiarios a través de la complementariedad público-privadaResolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, h, i), ii) y iii)
D.O. 10.04.2021
, en lo que respecta a Programas Garantizados.
    b) Implementar y gestionar mecanismos de compra a prestadores que no pertenecen al S.N.S.S., en lo que respecta a Programas Garantizados.
    c) Administrar y evaluar distintos mecanismos de compra a prestadores que no pertenecen al S.N.S.S., en lo que respecta a Programas Garantizados.
    d) Elaborar contenidos técnicos, proponer, diseñar y administrar convenios de compra con prestadores que no pertenecen al S.N.S.S., en lo que respecta a Programas Garantizados.
    e) Visar las propuestas de las Direcciones Zonales en materias de competencia del Departamento.
    f) Identificar y geo referenciar la oferta de prestadores que no pertenecen al S.N.S.S., para prestaciones sanitarias, en lo que respecta a Programas Garantizados en las Regiones Metropolitana de Santiago y del Libertador General Bernardo O'Higgins y supervisar que esta función se cumpla en las Direcciones Zonales.
    g) Participar en los Directorios de Compra con los Servicios de Salud de las Regiones Metropolitana de Santiago y del Libertador General Bernardo O'Higgins, respecto de asuntos del ámbito de su competencia.
    h) Resolver atenciones que requieren designación de segundo prestador o segunda opinión en relación con el cumplimiento de las GES.
    i) Diseñar, implementar y supervisar el proceso de inscripción de personas naturales y jurídicas en el Rol de la Modalidad Libre Elección.
    j) Gestionar la oferta de prestadores en la Modalidad de Libre Elección, en miras a la complementariedad público-privada y al cierre de brechas de atención en términos de acceso y cobertura.
    k) Gestionar la correcta implementación, funcionamiento y cumplimiento de garantías de la ley N° 20.850 y otros programas similares que se determinen.
    l) Ser contraparte de las Direcciones Zonales del Fonasa en materias de su competencia.
    m) Informar a otras Divisiones o Departamentos en asuntos del ámbito de su competencia.
    n) Dar cumplimiento a todas las tareas que encomiende el Jefe de la División.


    Artículo 31. Del Departamento Gestión Comercial Complementaria dependerán los siguientes Subdepartamentos:

    I. Subdepartamento Programas Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, l, i) y ii)
D.O. 10.04.2021
Garantizados.
    II. Subdepartamento Convenios Modalidad Libre Elección.

    Artículo 32. Serán funciones del Subdepartamento Programas Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, j, i)
D.O. 10.04.2021
Garantizados las siguientes:

    a) Diseñar, monitorear, supervisar y ejecutar en las Regiones Metropolitana de Santiago y del Libertador General Bernardo O'Higgins, los convenios de compra sanitaria de prestaciones incorporadas en programas garantizados como el GES, la ley N° 20.850 y otros que se determinen y que deban ejecutarse en complementariedad a la oferta del S.N.S.S.
    b) Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, j, ii) y iii)
D.O. 10.04.2021
Optimizar el uso y realizar el seguimiento y monitoreo del marco presupuestario asignado a los programas garantizados en el presupuesto para compra directa de Fonasa.
    c) Entregar lineamientos generales de los modelos de compra sanitaria de prestaciones de programas garantizados a las Direcciones Zonales.
    d) Realizar estudios de evaluación económica, análisis de evidencia clínica, análisis crítico de la literatura relacionada, respecto de medicamentos de alto costo.
    e) Diseñar y/o implementar programas de farmacovigilancia en conjunto con el Instituto de Salud Pública y el Ministerio de Salud para los beneficiarios de la ley N° 20.850.
    f) Colaborar con la Autoridad Sanitaria u otras Instituciones relacionadas, en la gestión de los medicamentos y diagnósticos de alto costo definidos en la ley N° 20.850.
    g) Monitorear el cumplimiento de las garantías de la ley N° 20.850.
    h) Asesorar en materias relacionadas con la entrega de beneficios, de acuerdo a los plazos y normativas vigentes.
    i) Validar la programación anual de la compra centralizada de medicamentos GES y No GES.
    j) Asesorar a otras jefaturas, Divisiones, Departamentos y Direcciones Zonales en materias de compra complementaria de programas garantizados.
    k) Dar cumplimiento a todas las tareas que encomiende el Jefe del Departamento.






    Artículo 34. Serán funciones del Subdepartamento Convenios Modalidad Libre Elección las siguientes:

    a) Diseñar, elaborar e implementar en las Regiones Metropolitana de Santiago y del Libertador General Bernardo O'Higgins, y supervisar a nivel país, planes y procedimientos relativos al proceso de inscripción de prestadores de salud en la Modalidad Libre Elección.
    b) Administrar y gestionar los convenios de la Modalidad Libre Elección suscritos con los prestadores de salud en las Regiones Metropolitana de Santiago y del Libertador General Bernardo O'Higgins.
    c) Administrar la base de datos de los prestadores de salud del Seguro.
    d) Establecer la relación comercial con los prestadores de salud en la Modalidad Libre Elección en las Regiones Metropolitana de Santiago y del Libertador General Bernardo O'Higgins.
    e) Coordinar e interactuar con los distintos estamentos de la Institución para la gestión de procesos relacionados con los prestadores de salud en la Modalidad Libre Elección.
    f) Entregar a las Direcciones Zonales lineamientos generales de los modelos de compra sanitaria de prestaciones en la Modalidad de Libre Elección.
    g) Resolución 1767 EXENTA,
SALUD
N° 1, I
D.O. 19.03.2021
Asesorar a otras jefaturas, Divisiones, Departamentos y Direcciones Zonales en materias de compra y gestión comercial con prestadores en la Modalidad de Libre Elección.
    h) Realizar el cambio de estado de las personas naturales o jurídicas inscritas en la Base de Prestadores MLE y que registren domicilio en la Región Metropolitana o en la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, que estén afectas a medidas provisionales o que hayan sido sancionados con la suspensión o cancelación de su convenio MLE.
    i) Dar cumplimiento a todas las tareas que encomiende el Jefe del Departamento.

    PÁRRAFO 4º
  Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, l
D.O. 10.04.2021
  DEL DEPARTAMENTO GESTIÓN CONVENIOS MAI


    Artículo 34 bis.Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, l
D.O. 10.04.2021
Serán funciones del Departamento Gestión de Convenios Modalidad Atención Institucional las siguientes:
     
    a) Diseñar, monitorear, supervisar y ejecutar, los convenios de compra sanitaria en la Modalidad de Atención Institucional (MAI), de programas no garantizados y que deban ejecutarse en complementariedad a la oferta del S.N.S.S.
    b) Visar el pago de las prestaciones correspondientes a los convenios MAI de complementariedad a la oferta del S.N.S.S., de las regiones Metropolitana de Santiago y del Libertador General Bernardo O'Higgins, y dirigir, coordinar y supervisar estas acciones en las Direcciones Zonales de Fonasa.
    c) Entregar a las Direcciones Zonales lineamientos generales de los modelos de compra sanitaria de prestaciones en la Modalidad de Atención Institucional y en complementariedad a la oferta del S.N.S.S.
    d) Asesorar a otras jefaturas, Divisiones, Departamentos y Direcciones Zonales en materias de compra complementaria de programas no garantizados.
    e) Gestionar administrativamente los contratos MAI de programas No Garantizados de la División en coordinación con los encargados de las líneas programáticas.
    f) Coordinar los procesos licitatorios de la División, siendo contraparte con las áreas involucradas.
    g) Asegurar la consistencia de los Instrumentos de compra con los procesos y procedimientos de la División.
    h) Dar cumplimiento a todas las tareas que encomiende el Jefe del Departamento.
    Artículo 34 ter.Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, l
D.O. 10.04.2021
Del Departamento Gestión de Convenios Modalidad Atención Institucional dependerán los siguientes Subdepartamentos:
     
    I. Subdepartamento Contratos.
    II. Subdepartamento Gestión de Cuentas de Prestadores.
     
    Artículo 34 quáter.Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, l
D.O. 10.04.2021
Serán funciones del Subdepartamento Contratos las siguientes:
     
    a) Diseñar, monitorear, supervisar y ejecutar los convenios de compra sanitaria en la Modalidad de Atención Institucional (MAI), de programas no garantizados y que deban ejecutarse en complementariedad a la oferta del S.N.S.S.
    b) Gestionar administrativamente los contratos MAI de programas No Garantizados de la División en coordinación con los encargados de las líneas programáticas.
    c) Asesorar y verificar la consistencia de los instrumentos de compra con los procesos y procedimientos de la División.
    d) Dar cumplimiento a todas las tareas que encomiende el Jefe del Departamento.
    Artículo 34 quinquiesResolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, l
D.O. 10.04.2021
. Serán funciones del Subdepartamento Gestión de Cuentas de Prestadores las siguientes:
     
    a) Visar el pago de las prestaciones correspondientes a los convenios MAI de complementariedad a la oferta del S.N.S.S., de las regiones Metropolitana de Santiago y del Libertador General Bernardo O'Higgins, y dirigir, coordinar y supervisar estas acciones en las Direcciones Zonales de Fonasa.
    b) Asesorar a la Jefatura respecto de los lineamientos generales de los modelos de compra sanitaria de prestaciones en la Modalidad de Atención Institucional y en complementariedad a la oferta del S.N.S.S.
    c) Dar cumplimiento a todas las tareas que encomiende el Jefe del Departamento.
    PÁRRAFO 5°
Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, l
D.O. 10.04.2021
    DEL DEPARTAMENTO MECANISMOS DE PAGO







    Artículo 35. Serán funciones del Departamento Mecanismos de Pago las siguientes:
    a) Diseñar mecanismos de pago basados en Grupos Relacionados por el Diagnóstico (GRD) u otros, para prestadores públicos y privados.
    b) Monitorear, analizar y evaluar la producción, el funcionamiento y el desempeño de los mecanismos de pago implementados.
    c) Definir aspectos técnicos y comerciales de la compra sanitaria pública y privada asociada a Grupos Relacionados por el Diagnóstico (GRD).
    d) Administrar el registro de actividad por GRD, tanto en prestadores públicos como privados en Convenio con Fonasa.
    e) Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, m, i)
D.O. 10.04.2021
Apoyar la difusión e información respecto a la implementación y sus resultados, respecto del mecanismo de compra y pago por Grupos Relacionados por el Diagnóstico (GRD).
    f) Dar apoyo técnico a procesos de compra y pago de otras dependencias de la División en materia de codificación y análisis de Grupos Relacionados por el Diagnóstico (GRD).
    g) Elaborar y proporcionar información y reportes requeridos en materia Grupos Relacionados por el Diagnóstico (GRD), de manera oportuna y actualizada para la toma de decisiones.
    h) Asesorar y dar apoyo técnico a otras Divisiones, Departamentos, Subdepartamentos y Direcciones Zonales en materias relativas a la implementación del sistema Grupos Relacionados por el Diagnóstico (GRD).
    i) Elaborar reportes e informes requeridos en materia Grupos Relacionados por el Diagnóstico (GRD).
    j) Coordinar con la Subsecretaría de Redes del Minsal la implementación de la herramienta de costeo denominada "Producción, Eficiencia, Recursos y Costos" -PERC-, en los hospitales públicos del país.
    k) Monitorear, analizar y evaluar la producción y costos asociados de los hospitales públicos del país que cuentan con la herramienta de costo PERC.
    l) Coordinar con la Subsecretaría de Redes del Minsal la capacitación continua con los referentes de los distintos hospitales que cuentan con sistema de costeo PERC.
    m)Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, m, ii)
D.O. 10.04.2021
Obtener y monitorear los indicadores de gestión clínica a partir del registro GRD.
    n) Estudiar y proponer el precio base para la aplicación del GRD.
    o) Dar apoyo técnico en materia de codificación de Grupos Relacionados por el Diagnóstico (GRD).
    p) Dar cumplimiento a otras tareas asignadas por la Jefatura del Departamento, en materias de compra sanitaria vía GRD.
    q) Dar cumplimiento a otras tareas asignadas por la jefatura de la División, en materias de compra sanitaria.

    PÁRRAFO 6°
Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, n, i)
D.O. 10.04.2021
    DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS AL PRESTADOR



    Artículo 36.Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° 1, I, n, ii)
D.O. 10.04.2021
Serán funciones del Departamento de Servicios al Prestador las siguientes:
     
    a) Diseñar y ejecutar el Plan Estratégico con Prestadores que considere la habilitación e información orientado a fortalecer la relación estratégica.
    b) Difundir la oferta de servicios y beneficios que el Fonasa dispone para su Red de Prestadores, con el objetivo de fortalecer y fidelizar a los actuales y potenciales prestadores públicos y privados.
    c) Gestionar Canal Prestador con el objetivo de optimizar y automatizar las respuestas en forma clara y oportuna a los prestadores.
    d) Ser la contraparte de la División en la implementación del Proyecto Fortalecimiento del Modelo de Atención de Fonasa.
    e) Apoyar en temas comunicacionales hacia los prestadores a las diferentes áreas de la División.
    f) Monitorear, evaluar e informar la ejecución de los indicadores de gestión de la División.
    g) Administrar el plan de compra y presupuesto interno de la División.
    h) Consolidar la solicitud de presupuesto anual interno y aquel referido a las materias que administra la División.
    i) Ser la contraparte de la División para dar respuesta a solicitudes de información en el ámbito de la Ley de Transparencia, parlamentarios y organismos del Estado en asuntos de competencia de la División.
    j) Dar cumplimiento a todas las tareas que encomiende el Jefe de la División.