Artículo 103Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° II, g, iv)
D.O. 10.04.2021
. Serán funciones del Subdepartamento Participación Ciudadana las siguientes:
     
    a) Velar por el correcto y óptimo cumplimiento de la Ley de Participación Ciudadana, y coordinar su correcta implementación tanto a nivel central como desconcentradamente.
    b) Ejecutar las acciones que garanticen el desarrollo de la participación ciudadana en el territorio, de acuerdo a los lineamientos institucionales y de la división.
    c) Brindar los espacios para el desarrollo del diálogo y la participación ciudadana.