PÁRRAFO 3º
Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° II, e
D.O. 10.04.2021 DEL SUBDEPARTAMENTO ATENCIÓN PRESENCIAL
SALUD
N° II, e
D.O. 10.04.2021 DEL SUBDEPARTAMENTO ATENCIÓN PRESENCIAL
Artículo 97.Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° II, e
D.O. 10.04.2021 El Subdepartamento Atención Presencial Nivel Central tendrá las siguientes funciones:
SALUD
N° II, e
D.O. 10.04.2021 El Subdepartamento Atención Presencial Nivel Central tendrá las siguientes funciones:
a) Realizar las gestiones necesarias para asegurar una atención de calidad a los usuarios.
b) Coordinar con la Red Pública de Salud y los organismos gubernamentales, según el radio operativo de la sucursal, capacitaciones respecto de los siguientes temas: proceso inscripción per cápita, acreditaciones carentes de recursos, capacitación a prestadores y reunión con Organizaciones de la Sociedad Civil.
c) Coordinar la operación de los canales de atención presenciales de la Región Metropolitana de Santiago y de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
d) Entregar lineamientos a nivel nacional para canales de atención presenciales.
e) Administrar y gestionar las actividades relacionadas a las Entidades Delegadas.
f) Administrar y gestionar las actividades en terreno de la Región Metropolitana de Santiago a través del Fonasa Móvil.
g) Dar cumplimiento a todas las tareas que encomiende el Jefe de División.
Artículo 98Resolución 2836 EXENTA,
SALUD
N° II, e
D.O. 10.04.2021. Del Subdepartamento Atención Presencial Nivel Central dependerá la Sección Sucursales RM y RO, la sección Entidades Delegadas y la Sección Fonasa en Terreno.
SALUD
N° II, e
D.O. 10.04.2021. Del Subdepartamento Atención Presencial Nivel Central dependerá la Sección Sucursales RM y RO, la sección Entidades Delegadas y la Sección Fonasa en Terreno.
Serán funciones de la Sección Sucursales RM y RO las siguientes:
a) Asegurar el correcto funcionamiento de los canales de atención presenciales.
b) Coordinar las acciones necesarias para la entrega de productos y servicios a través de los canales de atención presenciales.
Serán funciones de la Sección Entidades Delegadas las siguientes:
a) Generar estrategias para celebrar nuevos convenios de colaboración con el fin de mejorar la cobertura, facilitando el acceso de los usuarios a los productos y servicios del Fondo Nacional de Salud.
b) Administrar los contratos con entidades delegadas.
c) Entregar soporte a las entidades delegadas en convenio.
Serán funciones de la Sección Fonasa en Terreno las siguientes:
a) Administrar, coordinar, priorizar y gestionar las actividades de Fonasa en Terreno para la Región Metropolitana de Santiago, así como asegurar la disponibilidad y el buen estado de los recursos necesarios para el correcto funcionamiento y despliegue de la actividad.
b) Dar los lineamientos para las actividades de Fonasa en Terrena para la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
c) Asegurar la Atención de Calidad de los usuarios en la entrega de los productos y servicios del Fondo y en la asesoría en el seguro de salud".