Artículo 14º.- Están exentos y deberán enviarse para su registro en esta Contraloría General, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la fecha de su emisión, los actos administrativos dictados por las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública, relativos al personal de empleados civiles, de nombramiento supremo, de la planta de apoyo científico-técnico, del cuadro permanente, gente de mar, de nombramiento institucional, y de la planta de apoyo general, según corresponda, que recaigan en las materias indicadas en los artículos Resolución 11,
CONTRALORÍA GRAL.
Art. ÚNICO a), b)
D.O. 06.04.2019
12º y 13º de esta resolución.
    Igualmente, deberán remitirse a registro aquellos actos administrativos relativos a las materias previamente indicadas, que sean dispuestos respecto del personal nombrado o contratado asimilado a las plantas de Gendarmería de Chile.
    Lo dispuesto en el presente artículo, es sin perjuicio de aquellos actosResolución 3,
CONTRALORÍA GRAL.
Art. primero b)
D.O. 24.01.2023
administrativos que deberán ser remitidos a toma de razón según lo previsto en los artículos 9 y 11 de la presente resolución.