Artículo 27. Déjense sin efecto resoluciones anteriores.
    Déjese sin efecto la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Contraloría General, a contar del 1 de julio de 2019. Sin embargo, el control de los actos emitidos bajo la vigencia de dicha resolución continuará rigiéndose por sus disposiciones.
    Déjese sin efecto la resolución N° 4, de 2019, de esta Contraloría General, a contar del 1 de julio de 2019.