Artículo 13. Especificaciones técnicas en cuanto al equipamiento informático, audiovisual y de grabación de la sala utilizada para la realización de entrevistas investigativas videograbadas. La Sala de Entrevistas Investigativas deberá contar con dos cámaras, una de las cuales está destinada a ofrecer un plano general y otra a captar imágenes de primer plano del niño, niña o adolescente, y con micrófonos adecuados, en condiciones que garanticen el seguimiento de su desarrollo por imágenes y sonido reproducidos en tiempo real en una sala de observación. Además, contará con un sistema de comunicación que permita que desde dicha sala de observación el fiscal pueda indicar preguntas al entrevistador que se encuentra junto al niño, niña o adolescente.
    Las salas deberá contar con, al menos, los siguientes elementos:
    a) Cámaras de video tipo domo con zoom y movimiento.
    b) Micrófonos ambientales.
    c) Mezclador digital de audio.
    d) Sistema de grabación de video y audio.
    e) Sonoprompter con audífono inalámbrico para intercomunicación.
    f) Sistema de monitoreo de video y audio.
    g) Sistema para suministro ininterrumpido de energía eléctrica que permita continuar con la entrevista investigativa en caso de corte de energía.
    En los casos que se utilice una Sala Gesell, ésta deberá ser habilitada para la realización de la entrevista investigativa videograbada conforme a este artículo, adaptándose para la utilización de un sistema de circuito cerrado.