Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional Ley Chile
  • Ingresar
  • Registrarse

¿No está registrado? Regístrese

¿Olvidó su Contraseña?

¿Ya tiene una cuenta? Ingrese

BCN
  • icono
Portada
Selección
Contacto
Búsqueda avanzada
Portada
Selección
Contacto
Cerrar Navegar Norma Cerrar
Portada
Decreto 1563

Navegar Norma

Decreto 1563

  • Encabezado
  • Artículo
  • Promulgación

Decreto 1563 NOMBRA DIRECTOR NACIONAL DE LA DIRECCIÓN DE PREVISIÓN DE CARABINEROS DE CHILE – DIPRECA

MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA; SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR

Decreto 1563

Seleccione las notificaciones a registrar


Promulgación: 27-DIC-2018

Publicación: 05-ABR-2019

Versión: Única - 05-ABR-2019

CONCORDANCIA
  • Texto
  • Versiones
Escuchar
NOMBRA DIRECTOR NACIONAL DE LA DIRECCIÓN DE PREVISIÓN DE CARABINEROS DE CHILE – DIPRECA

    Núm. 1.563.- Santiago, 27 de diciembre de 2018.

    Visto:

    Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 10 de la Constitución Política de la República; en los artículos quincuagésimo primero y quincuagésimo séptimo de la ley Nº 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en la ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, y modifica diversos cuerpos legales; en el decreto ley Nº 844, que creó el entonces Departamento de Previsión de Carabineros; en el decreto Nº 1.334, de 2015, del Ministerio de Hacienda, que entre otros, estableció porcentaje de 86% de asignación de Alta Dirección Pública para el cargo de Director Nacional de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile; y en las resoluciones Nºs 1.600, de 2008, y 10, de 2017, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

    1.- Que, el cargo de Director Nacional de Dipreca se encuentra vacante, y ha sido servido primero de manera transitoria y provisional, cuando ello era legalmente procedente, y luego a través de un subrogante designado de conformidad con la normativa y jurisprudencia vigentes.
    2.- Que, precisamente, con la finalidad de proveer un titular para el desempeño del antedicho cargo, el Servicio Civil convocó a un proceso de selección público y abierto, certamen que se desarrolló mediante el concurso singularizado con el código ADP-3921.
    3.- Que, a través el Oficio Reservado Nº 123, de 9 de octubre de 2018, del Presidente del Consejo de Alta Dirección Pública, se remitió a S.E. el Presidente de la República, la nómina con los candidatos propuestos para proveer al titular del antedicho cargo.
    4.- Que, luego de haberse ponderado los antecedentes del certamen de la especie, S.E. el Presidente de la República dispuso se nombrara al candidato que más adelante se individualiza, luego de lo cual, y según consta en el Ordinario Nº 2.408, de 2018, la Dirección Nacional del Servicio Civil remitió a esta Cartera de Estado, la carpeta de antecedentes correspondientes al concurso para proveer el cargo de Director Nacional de Dipreca, con el fin de gestionar el nombramiento de don Juan Francisco Hernández Rivera.
    6.- Que, mediante el decreto Nº 1.334, de 2015, del Ministerio de Hacienda, se estableció porcentaje de 86% de asignación de Alta Dirección Pública para el cargo de Director Nacional de Dipreca.
    7.- Que, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo quincuagésimo primero de la ley Nº 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica,

    Decreto:

    1.- Nómbrese a don Juan Francisco Hernández Rivera, RUN 7.261.295-7, a contar del 28 de diciembre de 2018, en calidad de titular, como Director Nacional de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, grado 3º de la planta directiva del citado organismo, quien, por razones impostergables de buen servicio, deberá asumir sus funciones en la fecha señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
    2.- Déjese establecido que, don Juan Francisco Hernández Rivera, tendrá derecho a percibir una asignación de Alta Dirección Pública de un 86%.
    3.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo quincuagésimo séptimo, inciso segundo, de la ley Nº 19.882, el presente nombramiento se extenderá por un plazo de tres años, contados desde la fecha señalada en el numeral 1.- del presente decreto, pudiendo renovarse hasta dos veces por igual plazo.
    4.- Impútese el gasto que irrogue el presente nombramiento al ítem 15.14.01.21.01, del presupuesto de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile.
    5.- Remítase una copia del presente decreto a la Dirección Nacional del Servicio Civil.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Andrés Chadwick Piñera, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Rodrigo Ubilla Mackenney, Subsecretario del Interior.
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 05-ABR-2019
05-ABR-2019

Comparando Decreto 1563 |

Loading...

Enlace a la parte

Acortar

Resultado de búsqueda para :

Término encontrado en la siguiente parte.
Sin resultados

Detalles Partes

Escuchar

Metadatos internos

Síguenos en:
Cuenta de X de la Biblioteca del Congreso Nacional Facebook Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Instagram de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Flickr de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Tiktok de la Biblioteca del Congreso Nacional Canal de Youtube de Biblioteca del Congreso Nacional
Políticas de privacidad Mapa del sitio Ubicación horarios y teléfonos
logo ISO-9001 logo IQNET
Creative Commons

Alternativas para descargar

  1. Descarga con Firma Electrónica Avanzada (FEA)

    - Esta opción garantiza la autenticidad e integridad del documento mediante una firma electrónica avanzada.
    - El proceso puede tardar unos momentos, ya que el documento se firma digitalmente en línea de forma automática. Le pedimos paciencia mientras se completa la operación.
  2. Descarga sin firma

    - Puede descargar el documento inmediatamente, pero sin firma electrónica avanzada.
    - Esta opción es más rápida, pero no incluye elementos de validación digital.
    Descargar ahora sin firma

Informamos a nuestros usuarios que, por inconvenientes técnicos que afectan temporalmente al Diario Oficial, las normas que deberían ser publicadas en nuestro sistema Ley Chile hoy 4 de marzo de 2025, no se encontrarán disponibles por el momento. Para su tranquilidad, Ley Chile se mantiene disponible y actualizado hasta el día de ayer.