MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.844 EXENTA, DE 2015, QUE APRUEBA NORMA SOBRE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO
    Núm. 2.172 exenta.- Santiago, 29 de abril de 2016.
    Vistos:
    Lo dispuesto en los artículos 1 inciso 4º, 8 inciso 2º, 19 Nºs. 14º y 15º de la Constitución Política de la República de Chile; la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el DFL Nº 1-19.563, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 20.500, sobre Participación Ciudadana en la Gestión Pública; la resolución Nº 30, de 2015, del Ministerio de Agricultura, que aprueba norma de aplicación general ministerial sobre Participación Ciudadana en el Ministerio de Agricultura; el Instructivo Presidencial Nº 7, de 6 de agosto de 2014, para la Participación Ciudadana en la Gestión Pública, y la resolución exenta Nº 2.844, de 2015, del Servicio Agrícola y Ganadero.
    Considerando:
    1. Que la resolución exenta Nº 2.844, de 2015, aprobó la norma general de Participación Ciudadana del Servicio Agrícola y Ganadero.
    2. Que, el artículo 70 de la ley Nº 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado, establece que "Cada órgano de la Administración del Estado deberá establecer las modalidades formales y específicas de participación que tendrán las personas y organizaciones en el ámbito de su competencia.
    Las modalidades de participación que se establezcan, deberán mantenerse actualizadas y publicarse a través de medios electrónicos u otros".
    Resuelvo:
    1.- Modifíquese la resolución exenta Nº 2.844, de 2015, que aprueba norma sobre participación ciudadana del Servicio Agrícola y Ganadero, reemplazando el artículo 7º por el siguiente:
    "Artículo 7º.- El Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero realizará anualmente un proceso de Cuenta Pública Participativa, de forma presencial o virtual, con el objetivo de informar a la ciudadanía sobre la gestión realizada y recoger opiniones, comentarios, inquietudes y sugerencias sobre la misma, promoviendo el control ciudadano y la corresponsabilidad social.".
    2.- Publíquese la presente resolución en el sitio electrónico del Servicio Agrícola y Ganadero, de conformidad con lo dispuesto en el literal letra j) del artículo 7º de la ley Nº 20.285.


    Anótese y comuníquese.- Ángel Sartori Arellano, Director Nacional, Servicio Agrícola y Ganadero.