AUTORIZA A LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO PARA SUPRIMIR PARTE DE LA FAJA VIA EMPLAZADA ENTRE LAS ESTACIONES FERROVIARIAS DE ÑUÑOA Y SAN DIEGO, EL DESVIO LUCHETTI Y LA FAJA VIA DEL RAMAL SANTA CAROLINA Y LEVANTAR LAS VIAS FERREAS Y LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES QUE EN DICHOS PREDIOS SE ENCUENTRAN EMPLAZADOS
    Núm. 229.- Santiago, 13 de Septiembre de 1994.- Visto: Lo informado por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado en Oficio GG. N° 1532, de 8 de julio de 1994, complementado por oficio N° 1.911, de 24 de agosto de 1994; lo prescrito en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 30 de junio de 1993, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; en el D.S. N° 1.157 de 1931, del ex Ministerio de Fomento; y teniendo presente las atribuciones que me confiere el artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República de Chile,
    Decreto:

    1.- Autorízase a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para suprimir y proceder al levante de las vías férreas, que se indican a continuación:
    a) El desvío ferroviario denominado "Desvío Lucchetti", ubicado en la Comuna de Ñuñoa de la Región Metropolitana. El dominio de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado rola a fojas 41.355 N° 25.649 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces Santiago, del año 1990. Este predio se grafica en el Plano N° 6461-90-OF-C, de enero de 1990, confeccionado por J.C.A. Ltda., de una cabida de 8.114 metros cuadrados, archivado en el Registro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, con fecha 22 de junio de 1990, bajo el N° 31.758-C;
    b) Parte de la vía férrea emplazada entre las Estaciones Ferroviarias de Ñuñoa y San Diego, ubicada en la Comuna de Ñuñoa de la Región Metropolitana, individualizada como polígono
31-32-33-34-35-36-37-38-39-31 del plano N° 6461-90-OF-B, de enero de 1990, confeccionado por J.C.A. Ltda., de una cabida de 2.599,90 metros cuadrados, archivado en el Registro de documentos del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, con fecha 22 de junio de 1990, bajo el N° 31.758-B. El dominio rola inscrito a fojas 41.355 N° 25.649 del Registro de Propiedad del citado Conservador, del año 1990; y
    c) Parte de la faja vía, denominada "Troncal Santa Carolina", retazo N° 1, ubicada en la Comuna de Macul, individualizada como polígono 1-2-3-4-5-33-34-1, de una superficie de 1.957,30 metros cuadrados, en el Plano N° 6461-90-OF-D, de noviembre de 1990, archivado en el Registro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, con fecha 10 de abril de 1991, bajo el N° 32.218. Su dominio rola inscrito a fojas 15.443 N° 13.802, del Registro de Propiedad del citado Conservador, del año 1991.
    2.- Asimismo, autorízase a la mencionada Empresa para proceder al levante de las instalaciones, anexos y bienes emplazados en el desvío y sectores de vías que se suprimen.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Narciso Irureta Aburto, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Patricia Muñoz Villela, Jefe Depto. Administrativo.