RECTIFICA RESOLUCIÓN DGA Nº 2.745 (EXENTA), DE 2018
Núm. 475 exenta.- Santiago, 26 de marzo de 2019.
Vistos:
1. La ley Nº 21.064 que "Introduce Modificaciones al Marco Normativo que Rige las Aguas en Materia de Fiscalización y Sanciones", publicada en el Diario Oficial con fecha 27 de enero de 2018;
2. Lo dispuesto en los artículos 67, 68, 299 y 300 letra c) del Código de Aguas;
3. El decreto MOP Nº 1.381, de 16 de octubre de 2018, que establece orden de subrogación del cargo de Director General de Aguas;
4. Lo dispuesto en los artículos 38 y 40 del decreto Nº 203, que "Aprueba Reglamento Sobre Normas de Exploración y Explotación de Aguas Subterráneas";
5. La resolución Nº 1.600, del año 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
6. La resolución DGA Nº 2.745 (exenta), de fecha 24 de octubre de 2018, que determina las condiciones técnicas y los plazos para cumplir con la obligación de instalar y mantener un sistema de medición de caudales, volúmenes extraídos y niveles freáticos en las obras de captación de aguas subterráneas y un sistema de transmisión de la información que se obtenga, en la Provincia de Petorca, Región de Valparaíso;
7. La resolución DGA Región de Valparaíso (exenta) Nº 1.588, de fecha 25 de octubre de 2018, que ordena a los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas cuyos puntos de captación se encuentran ubicados en la Provincia de Petorca, Región Valparaíso, instalar y mantener Sistemas de Medición y de Transmisión que permitan controlar las extracciones efectivas y remitir la información que se obtenga al Software DGA.
Considerando:
Que, mediante la resolución DGA Nº 2.745 (exenta), de fecha 24 de octubre de 2018, se determinaron las condiciones técnicas y los plazos para cumplir con la obligación de instalar y mantener un sistema de medición de caudales, volúmenes extraídos y niveles freáticos en las obras de captación de aguas subterráneas y un sistema de transmisión de la información que se obtenga, en la Provincia de Petorca, Región de Valparaíso.
Que, mediante la resolución DGA Región de Valparaíso (exenta) Nº 1.588, de fecha 25 de octubre de 2018, se ordenó a los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas cuyos puntos de captación se encuentran ubicados en la Provincia de Petorca, Región Valparaíso, instalar y mantener Sistemas de Medición y de Transmisión que permitan controlar las extracciones efectivas y remitir la información que se obtenga al Software DGA.
Que, los titulares de derechos de aprovechamiento aguas subterráneas cuyos puntos de captación se encuentran ubicados en la Provincia de Petorca, Región Valparaíso, son los primeros en el país que tienen la obligación de instalar Sistemas de Medición de Extracciones y de Transmisión de datos al nuevo Software DGA de Control de Extracciones, al amparo de la ley Nº 21.064.
Que, en virtud de lo anterior dichos titulares de derechos de aprovechamiento deben disponer de un tiempo adecuado para buscar las mejores soluciones a sus casos particulares, tanto para la instalación de los Sistemas de Medición de Extracciones y de Transmisión, como para la puesta en operación de dichos Sistemas en sus Obras de Captación de aguas subterráneas.
Resuelvo:
1. Rectifícase la resolución DGA Nº 2.745 (exenta), de fecha 24 de octubre de 2018, eliminando sus artículos 6 y 7, y dejando como artículo 6 el siguiente:
"Artículo 6. Plazo para la instalación del Sistema de Medición de Extracciones y del Sistema de Transmisión al Software DGA, así como para remitir la información al Software DGA
Los plazos para la instalación del sistema de medición extracciones y del sistema de transmisión al software DGA, así como para remitir la información al software DGA serán establecidos mediante resolución DGA Región de Valparaíso.".
2. Téngase presente, que la resolución DGA Nº 2.745 (exenta), de fecha 24 de octubre de 2018, continúa plenamente vigente en todo lo no modificado mediante la presente resolución.
3. Publíquese la presente resolución por una sola vez en el Diario Oficial, los días 1 o 15, o el primer día hábil siguiente, si aquellos fueran feriados.
4. Comuníquese la presente resolución a los Sres. Jefes de División, Departamento y Unidades de la Dirección General de Aguas; al Sr. Director Regional de Aguas de la Región de Valparaíso; y a las demás oficinas de la Dirección General de Aguas que corresponda.
Anótese, publíquese y comuníquese.- Óscar Cristi Marfil, Director General de Aguas.