MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 170, DE 2016, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES
    Núm. 124.- Santiago, 31 de diciembre de 2018.
    Visto:
    Lo dispuesto en los artículos 32° N° 6 y 35° de la Constitución Política de la República; en la ley N° 18.059; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que contiene el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.290, de Tránsito; en los decretos supremos Nos 97 de 1984; 170 de 1985; 23 de 2000; 189 de 2013 y 170 de 2016, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y demás normativa que resulte aplicable.
    Considerando:
    1. Que mediante decreto supremo N° 170, de 2016, citado en el Visto, se modificaron los decretos supremos N° 23, de 2000, 97, de 1984, 170, de 1985, y se dejó sin efecto el decreto supremo N° 189, de 2013, todos el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, con el objeto de establecer medidas de seguridad y diseño para la licencia de conductor, atendido que Casa Moneda de Chile S.A., dejó de ser el proveedor único de tal documento.
    2. Que la entrada en vigencia de las disposiciones contenidas en los Artículos Primero y Segundo del referido decreto supremo N°170 ha sido prorrogada mediante los decretos supremos N° 57, de 2017, 18, de 2018 y 70, de 2018, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; fijándose la entrada en vigencia de dicha normativa para el día 24 de enero de 2019.
    3. Que en este período el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones ha efectuado una serie de evaluaciones al modelo de licencia de conductor que entraría en vigencia el 24 de enero, concluyendo que debe avanzarse en una solución distinta a la inicialmente propuesta, que cumpla con estándares de seguridad y diseño acorde a las tecnologías disponibles a nivel internacional. Este trabajo implicará realizar una licitación nacional e internacional para el diseño del documento de licencia de conductor; desarrollo que abarcaría un plazo no inferior a 15 meses para la obtención de una propuesta de licencia de conductor en un sustrato policarbonato o similar.
    4. Que, mientras no se cuente con la propuesta de nuevo diseño del documento, se ha estimado pertinente mantener la fecha de entrada en vigencia del ya citado decreto supremo N° 170, pero solo con el objeto de estandarizar los elementos de seguridad y diseño de la licencia de conductor vigente. Ello permitirá que las distintas entidades que confeccionen el documento licencia de conductor realicen las impresiones con condiciones de seguridad homogéneas, lo que a su vez facilitará las labores de fiscalización.
    Decreto:

    Artículo único: Modifíquese el decreto supremo N° 170, de 2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, en el siguiente sentido:
    1° Modifícase su artículo primero, en lo siguiente:
    - Reemplázase el numeral 2°.- por el siguiente: "2°.- Agréguese el siguiente inciso segundo al artículo 1°: El folio corresponderá a una codificación alfa numérica correlativa impresa en el formulario para la gestión de licencia y plástico respectivo, generada por la entidad.".
    - Elimínese en su numeral 3°.-, el punto aparte, y agréguese a continuación de la palabra "conductor" la frase "y en el plástico que se utilice para la plastificación.".
    - Elimínanse los numerales 6°.- y 8°.-.
    - Sustitúyese en su numeral 9°.- el punto y coma (;), por un punto y aparte (.) y elimínase la frase "y ser previamente aprobados por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.".
    2° Elimínase el artículo segundo.

    3° Modifícase el Anexo a que se refiere el numeral 11°.-, del artículo primero, en lo siguiente:
    - Incorpórase la siguiente figura ópticamente variable u holograma y leyenda, a continuación del tercer cuadro denominado "Medidas de Holograma":
    "El sello holográfico contendrá la figura de una estrella de cinco puntas (según consta en la imagen), la cual estará ubicada al centro del pictograma con las medidas indicadas en el cuadro precedente.".
    En el subtítulo "Físicas" del título "Características Específicas del Documento Licencia de Conductor", sección "Medidas de Seguridad del Documento":
    - Reemplázanse en el primer párrafo los símbolos ">" por "mayor o igual a" y "<" por "menor o igual a".
    - Reemplázase en el décimo párrafo donde señala:  "Llevará una o más figuras equivalentes a una impresión ópticamente variable u holograma con la forma que determine el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y", por el siguiente "Llevará la figura equivalente a una impresión ópticamente variable u holograma con la forma establecida en el cuarto cuadro del presente Anexo, y.".


    Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Mónica Wityk Peluchonneau, Jefa División Administración y Finanzas.


CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División de Infraestructura y Regulación
    Cursa con alcance el decreto N° 124, de 2018, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
    N° 10.871.- Santiago, 18 de abril de 2019.
    La Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que modifica el decreto N° 170, de 2016, el que a su vez modifica –en lo que interesa– los decretos Nos 23, de 2000, y 97, de 1984, todos de ese origen.
    Sin perjuicio de lo anterior, y atendido que, con posterioridad a la emisión del acto de la suma, el reseñado decreto N° 170, de 2016, entró en vigencia y produjo sus efectos, cumple con hacer presente que las modificaciones que ahora se disponen debe entenderse que se efectúan, en lo pertinente, a los también mencionados decretos Nos 23, de 2000, y 97, de 1984.
    Con el alcance que precede se ha tomado razón del decreto del epígrafe.
    Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República.
A la señora
Ministra de Transportes y Telecomunicaciones
Presente.