Artículo segundo.- Para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la ley N° 18.091 y en el artículo 5° de la ley N° 19.528, el decreto supremo que se dicte para el año 2019 regirá a contar de la fecha de publicación del presente decreto con fuerza de ley.
Para los efectos del pago de la bonificación de estímulo por desempeño funcionario establecida en el artículo 5º de la ley Nº 19.528, que corresponda al año 2019, se atenderá al proceso calificatorio llevado a cabo por la Subsecretaría de Educación en el año 2018.