Artículo 1.1.4. Definiciones, siglas y abreviaturas

    Para los efectos de este reglamento, se entenderá por:

"Acceso": área que conecta un proyecto de crecimiento urbano por extensión o por densificación con la vialidad pública, permitiendo el ingreso y/o el egreso de peatones y/o vehículos.

"Archivo en formato kml o kmz": fichero de almacenamiento virtual que contiene información geográfica como longitud y latitud, marcadores de lugar, polígono de formas, rutas, imágenes y texto, que permite delimitar un lugar en un mapa y que éste pueda ser visualizado de manera digital, mediante un programa computacional o aplicación que admita su lectura.

"Área de influencia": zona en la que se deben analizar y mitigar los impactos relevantes que se producirían en el sistema de movilidad local, como consecuencia de la puesta en operación de un proyecto de crecimiento urbano por extensión o por densificación. Este espacio se delimitará a partir de la dispersión de los flujos vehiculares o peatonales que induzca un proyecto en la vialidad circundante, considerada desde los accesos y hasta la intersección que señale, para cada caso, la ley y este reglamento.

"Arco": sección de vía comprendida entre dos intersecciones consecutivas, que puede estar conformada por una pista o grupo de pistas de uso compartido.

"Capacidad": número máximo de vehículos o usuarios por unidad de tiempo que puede circular por una vía o ser atendido en un paradero, respectivamente, bajo determinadas condiciones.

"Corte temporal": corresponde al año en que se debe realizar el análisis de impactos del proyecto.

"EIDecreto 12, VIVIENDA
Art. 2° N° 2
D.O. 14.09.2021
STU": sigla de Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano.

"Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano": mecanismo aplicable a determinados proyectos que han solicitado o solicitan permiso a la Dirección de Obras Municipales antes de la entrada en vigencia del Sistema de Evaluación de Impactos en la Movilidad, mediante el cual, conforme a la metodología establecida en la resolución exenta Nº 2.379, de 2003, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, se identifican y evalúan los impactos en el sistema de transporte y se determinan las obras para mitigar tales impactos, relacionados con la puesta en operación de los proyectos referidos en los artículos 2.4.3, 4.5.4, 4.8.3 y 4.13.4 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, según el texto vigente al solicitarse el correspondiente permiso.

"Grado de saturación": razón entre el flujo y la capacidad vehicular de un arco.

"IMIV": sigla de Informe de Mitigación de Impacto Vial.

"Informe de Mitigación de Impacto Vial": mecanismo a través del cual el titular de un proyecto de crecimiento urbano por extensión o por densificación solicita la evaluación y aprobación de las medidas de mitigación obligatorias relacionadas con el sistema de movilidad local que le sean aplicables y, en los casos que corresponda, de las medidas de mitigación adicionales requeridas para aplacar o disminuir adecuadamente los impactos relevantes que se producirían en el referido sistema con la puesta en operación del proyecto, con el objeto de mantener sus estándares de servicio, en la correspondiente área de influencia, en un nivel semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto.

"Informe Decreto 12, VIVIENDA
Art. 2° N° 2
D.O. 14.09.2021
Vial Básico": mecanismo mediante el cual, hasta la entrada en vigencia del Sistema de Evaluación de Impactos en la Movilidad, se solicita la aprobación de las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones respecto de: i) proyectos que incluyen cualquier modificación a las características físicas u operacionales de las vías que integren la red vial básica de una ciudad o conglomerado de ciudades, que comprometan la operación de vehículos y/o peatones; y ii) proyectos de construcción de nuevas vías que incidan en la red vial básica. Lo anterior, conforme a lo dispuesto en el decreto supremo Nº 83, de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y a las instrucciones de carácter general aprobadas mediante resolución exenta Nº 511, de 2012, del referido Ministerio.

"Intersección": área común de vías que se cruzan o convergen, incluidas en ellas tanto las calzadas como las respectivas aceras, así como la superficie contigua en la que se emplazan o implementan las medidas de señalización y gestión de tránsito requeridas para el adecuado funcionamiento de la intersección conforme a sus flujos estimados, tales como semáforos, señales verticales, demarcaciones horizontales, reductores de velocidad, entre otras.

"IVB": sigla Decreto 12, VIVIENDA
Art. 2° N° 2
D.O. 14.09.2021
de Informe Vial Básico.

"Manual de Carreteras": documento que forma parte del marco normativo técnico de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, cuya versión vigente, así como sus actualizaciones o modificaciones, son aprobadas mediante resoluciones del referido órgano y cuyo volumen III está referido a las instrucciones y criterios de diseño de los caminos públicos, en el que, entre otras materias, se define la capacidad de una carretera o camino público y se precisa la forma de determinar sus niveles de servicio.

"Manual de Señalización de Tránsito": documento técnico que contiene las especificaciones de diseño y criterios para la instalación de las señales de tránsito, cuya versión vigente, así como sus actualizaciones o modificaciones, son aprobadas mediante decretos supremos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

"Medida de mitigación": intervención que tiene por objeto aplacar o disminuir un determinado impacto negativo del proyecto en el sistema de movilidad local, tales como la ejecución de obras físicas o de infraestructura en el espacio público o en el espacio privado que el proyecto destine a uso público, o la implementación de medidas de gestión de tránsito o de gestión de los servicios de transporte.

"MESPIVU": sigla del Manual de Diseño y Evaluación Social de Proyectos de Vialidad Urbana, cuya versión vigente y sus actualizaciones son aprobadas por el Ministerio de Desarrollo Social.

"Nivel de servicio": medida cualitativa relacionada con el estándar que entrega el sistema de movilidad local.

"OGUC": sigla de Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

"Pax": abreviatura para pasajero de un medio de transporte motorizado.

"Planimetría": representación en coordenadas planas del área de influencia, que incluye elementos relevantes del espacio público y del proyecto en estudio. Se utiliza para mostrar la situación actual y la proyectada, así como las medidas de mitigación obligatorias y adicionales, cuando corresponda, propuestas en el respectivo informe.

"PM-L", "PMd-F", "PMd-L", "PT-F" y "PT-L": abreviaturas de los períodos "punta mañana laboral", "punta mediodía fin de semana o festivo", "punta mediodía laboral", "punta tarde fin de semana o festivo" y "punta tarde laboral", respectivamente.

"REDEVU": corresponde al Manual de Vialidad Urbana, denominado "Recomendaciones para el Diseño de Elementos de Infraestructura Vial Urbana", cuya versión vigente y sus actualizaciones son aprobadas por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

"Ruta": trayecto que ha de recorrerse para llegar al proyecto desde un determinado origen o para salir de éste hacia un determinado destino, a través de una o más vías destinadas al tránsito vehicular o peatonal, según corresponda al tipo de desplazamiento.

"SECTRA": unidad técnica dependiente de la Subsecretaría de Transportes, también denominada Secretaría de Planificación de Transporte, encargada del Programa de Vialidad y Transporte Urbano.

"SEIM": sigla de Sistema de Evaluación de Impacto en la Movilidad.

"SEREMITT": sigla de Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones.

"Sistema de Evaluación de Impacto en la Movilidad": plataforma tecnológica que apoya el proceso de tramitación de los informes de mitigación de impacto vial.

"Tasa de viajes inducidos": relación entre el número promedio de viajes por unidad de tiempo y período que salen de o llegan a un determinado tipo de proyecto, y una determinada variable que caracteriza el proyecto, por ejemplo: viajes/vivienda-hora, viajes/m2 construidos-hora, etc. Puede referirse también a viajes en modos de transporte específicos.

"Veh": abreviatura de vehículo motorizado como unidad de medida, tales como automóviles, camionetas, buses, camiones, motocicletas u otros.

"Vehículo equivalente": vehículo de referencia en distintos modelos de transporte, utilizado como unidad de medida. La conversión de flujos de distintos tipos de vehículo a vehículos equivalentes, se realizará mediante los siguientes factores de equivalencia:

.

"Veq": abreviatura de vehículo equivalente.

"Viaje": desplazamiento de una persona desde un punto a otro, en un determinado modo de transporte o caminata y con un determinado propósito.

"viv": abreviatura de vivienda, entendida como edificación o unidad destinada al uso habitacional, tales como casas y departamentos.

    Asimismo, en la aplicación de las disposiciones de este reglamento deberán considerarse las definiciones contenidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, respecto de los vocablos allí definidos, tales como "Crecimiento urbano por densificación", "Crecimiento urbano por extensión" o "Proyecto".