DESIGNA A LA UNIVERSIDAD DE MAGALLANES COMO UNIVERSIDAD VINCULADA DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA DE LA REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
    Núm. 103.- Santiago, 12 de marzo de 2019.
    Considerando:
    Que, la ley Nº 20.910 creó el Centro de Formación Técnica de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, como persona jurídica de derecho público autónoma, funcionalmente descentralizada, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
    Que, la precitada ley dispone en su artículo 5º, que cada centro de formación técnica se vinculará con una universidad del Estado acreditada institucionalmente de acuerdo a la ley Nº 20.129 o el instrumento que lo reemplace, domiciliada en la misma región, que será definida por decreto supremo expedido a través del Ministerio de Educación.
    Que, por su parte, el artículo 3º del DFL Nº 17, de 2017, del Ministerio de Educación, establece que, para la consecución de sus fines, el Centro de Formación Técnica se vinculará con una universidad del Estado acreditada institucionalmente de acuerdo a la ley Nº 20.129 o la normativa que la reemplace, domiciliada en la Región de Magallanes y la Antártica Chilena. Agrega que dicha vinculación tendrá como objeto que ambas instituciones contribuyan, en conjunto, al desarrollo de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, establecer programas de acceso especial para los egresados del Centro de Formación Técnica y articular trayectorias formativas pertinentes.
    Que, la Universidad de Magallanes es una universidad estatal con domicilio en la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, creada mediante DFL Nº 35, de 1981, del Ministerio de Educación Pública. Asimismo, se encuentra acreditada institucionalmente de conformidad con la ley Nº 20.129, por el período de 4 años a partir del 29 de diciembre de 2015, en las áreas de Gestión Institucional, Docencia de Pregrado, Investigación y Vinculación con el Medio.
    Que, atendidas las necesidades propias del funcionamiento y desarrollo de las actividades académicas del Centro de Formación Técnica de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, resulta imperioso proceder a la designación antes referida.
    Visto:
    Lo dispuesto en el artículo 35 del decreto Nº 100, de 2005, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en el DFL 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado, de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el DFL Nº 35, de 1981, del Ministerio de Educación Pública, que crea la Universidad de Magallanes; en el DFL Nº 154, de 1981, del Ministerio de Educación Pública, que fija el estatuto orgánico de la Universidad de Magallanes; en la ley Nº 20.910, que Crea Quince Centros de Formación Técnica Estatales; en el DFL Nº 17, de 2017, del Ministerio de Educación, que Establece los Estatutos del Centro de Formación Técnica de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    Decreto:

    Artículo 1º: Desígnase a la Universidad de Magallanes, a contar de la total tramitación del presente decreto, como universidad vinculada del Centro de Formación Técnica de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena en los términos del artículo 5º de la ley Nº 20.910.

    Artículo 2º: Se deja constancia que la vinculación entre la Universidad y el Centro de Formación Técnica tiene como objeto contribuir, en conjunto, al desarrollo de la región en la que se asientan, establecer programas de acceso especial para los egresados del Centro y articular trayectorias formativas pertinentes, debiendo tener, al menos, un carácter docente y curricular, basado en el apoyo metodológico y pedagógico mutuo entre ambas instituciones para el desarrollo docente y profesional de sus profesores y la integración de las mallas curriculares, contemplando la posibilidad de proseguir estudios superiores en la universidad estatal asociada.

    Anótese, tómese razón, notifíquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Marcela Cubillos Sigall, Ministra de Educación.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Raúl Figueroa Salas, Subsecretario de Educación.