Artículo 25.- Mínimo de proyecciones.

    Para efectos de las proyecciones a que se refiere el artículo 18, se requerirá que a lo menos veinteDecreto 329 EXENTO,
HACIENDA
N° 4
D.O. 09.08.2021
de los expertos por cada Comité las entreguen. En caso de no cumplir con este mínimo, se deberá realizar una segunda consulta, de la que emanará el resultado definitivo del proceso.