Artículo 1. Instalación de Sistema de Medición de Extracciones.
Se deberá instalar uno de los 3 siguientes Sistemas de Medición de Extracciones:
a) General
b) Básico
c) Para caudales muy pequeños.
El Sistema de Medición que le corresponda instalar a cada titular de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas será indicado por resolución DGA Regional, la cual se publicará en el Diario Oficial.
El Sistema de Medición será necesario tanto para las obras de captación, como para obras de restitución, en este último caso ya sea para derechos de aprovechamiento de aguas no consuntivos o aquellos que tengan una obligatoriedad de restituir caudales establecida en alguna resolución DGA, por ejemplo, en virtud de lo establecido en el artículo 149 número 7 del Código de Aguas.
1.1 Sistema de Medición General.
Este Sistema de Medición se compone de un sensor para medir caudal y volumen extraído (Flujómetro o Caudalímetro), un sensor para medir nivel freático (de presión, piezoresistivo, etc.), y un Data Logger para almacenar y respaldar los datos medidos en la obra de captación.

Figura 1. Esquema del Sistema de Medición General.
La obra de captación se refiere a la obra donde se capta el agua subterránea, pudiendo ser ésta un pozo, noria, pozo zanja, puntera, dren, entre otras.
Flujómetro o Caudalímetro. Este instrumento de medición debe tener las características mínimas indicadas en Cuadro 1.

Cuadro 1. Características mínimas del Flujómetro.
La instalación del flujómetro en primera instancia debe seguir las especificaciones técnicas señaladas por el fabricante y en la medida que los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas no dispongan de tales especificaciones deberá ceñirse por las indicaciones del Cuadro 2 siguiente.

Cuadro 2. Indicaciones para la instalación del flujómetro.
En el trayecto que abarca desde la obra de captación hasta el flujómetro no deberán existir bypass ni ramificaciones en otra/s tubería/s.
El flujómetro deberá estar instalado a una distancia no mayor a 200 metros de la obra de captación. Sin embargo, en caso que el titular del derecho de aprovechamiento acredite que entre la captación y el medidor de flujo no existe bypass, situaciones de infiltración o singularidades que produzcan pérdidas, el Servicio podrá aceptar una distancia mayor a la exigida.
El titular del derecho de aprovechamiento de aguas deberá hacer las adecuaciones que correspondan a su sistema de tuberías de tal forma de dar cumplimiento a lo indicado en el Cuadro 2.
Sensor de nivel freático. El sensor de nivel a instalar puede ser de cualquier tipo que cumpla las características indicadas en el Cuadro 3, por ejemplo, puede ser hidrostático o de ultrasonido, etc., y debe instalarse siguiendo las indicaciones del fabricante, de tal forma de poder medir tanto en condiciones de nivel dinámico o estático según se encuentre o no funcionando la bomba en el momento de la medición.

Cuadro 3. Características mínimas que debe tener el sensor de niveles freáticos.
El nivel freático se considerará como la distancia desde el nivel del suelo a la superficie del agua.
Data Logger. El almacenamiento de la información registrada por los sensores se hará mediante un Data Logger que corresponde a un dispositivo electrónico equipado con memoria interna, que sirve para el registro y respaldo de datos.
Dicho equipo debe ser instalado por el titular de derecho de aprovechamiento de aguas, y podrá ser de cualquier tipo que tenga los puertos de conexión adecuados al sensor de nivel y a la antena o cable transmisor de salida (cuando corresponda). El sensor de nivel deberá estar permanentemente conectado al Data Logger.
Este Data Logger debe respaldar los datos de nivel freático y totalizador medidos (y de caudal en caso que el flujómetro lo mida directamente) de al menos los últimos 3 años, indicando fecha y hora de medición. La DGA, cuando lo estime pertinente, podrá requerir y solicitar la información que se obtenga.
La instalación de un Data Logger permitirá tener un respaldo de las mediciones, sobre todo en casos de una eventual falla del Sistema de Transmisión.
El Data Logger deberá contar con un mecanismo que permita acceder desde un computador portátil a la lectura y descarga de la información almacenada. El Data Logger que se instale deberá encontrarse configurado a la hora UTC-4(¹).
Se Resolución 564 EXENTA,
OBRAS PÚBLICAS
N° 1
D.O. 04.05.2020podrá prescindir de la instalación de un data logger si el flujómetro y el sensor de nivel tienen incorporado internamente un sistema de registro con capacidad suficiente para respaldar al menos 3 años de datos, permitan la extracción de los datos desde un computador portátil y puedan transmitir los registros directamente al Centro de Control.
OBRAS PÚBLICAS
N° 1
D.O. 04.05.2020podrá prescindir de la instalación de un data logger si el flujómetro y el sensor de nivel tienen incorporado internamente un sistema de registro con capacidad suficiente para respaldar al menos 3 años de datos, permitan la extracción de los datos desde un computador portátil y puedan transmitir los registros directamente al Centro de Control.
Los Usuarios de Aguas integrantes de una Comunidad de Aguas Subterráneas registrada en el Registro Público de Organizaciones de Usuarios del Catastro Público de Aguas, podrán prescindir de la instalación de un data logger en la medida que el flujómetro y el sensor de nivel puedan transmitir los registros directamente a un Centro de Control administrado por dicha comunidad.
La Dirección General de Aguas podrá en cualquier momento concurrir a la obra de captación y rescatar directamente la información respaldada en el Data Logger o directamente desde el sensor.
Fuente de energía eléctrica. El flujómetro, sensor de nivel y el Data Logger deberán tener una dotación de energía eléctrica continua e ininterrumpida.
1.2 Sistema de Medición Básico
Este Sistema de Medición se compone de un equipo que permita medir niveles freáticos (Ej. Pozómetro o similar) y un flujómetro que permita medir el totalizador e idealmente también caudales.
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(¹) UTC es el Tiempo Universal Coordinado y es el principal estándar de tiempo por el cual el mundo regula los relojes y el tiempo. La hora UTC-4 puede obtenerse en https://time.is/es/UTC-4.
Flujómetro. Deberá cumplir las mismas exigencias del Sistema de Medición General (Art 1. Número 1.1. de la presente resolución).
Sensor de niveles freáticos. Este equipo debe medir el nivel freático en metros. Puede ser un equipo portátil, como los pozómetros que consisten en un cable milimetrado tipo cinta, con un electrodo en su extremo, montado en carrete.
Data Logger. El Data Logger para este Sistema de Medición no es obligatorio.

Figura 2. Esquema general del Sistema de Medición Básico.
Fuente de energía eléctrica. El Flujómetro debe contar con abastecimiento de energía eléctrica continua e ininterrumpida.
Para fines de esta resolución:
. En el caso que exista más de una bomba hidráulica en una obra de captación que extraiga aguas subterráneas en paralelo, él o los titulares de derechos de aprovechamientos deberán instalar un Sistema de Medición en cada tubería. En este caso, cada una de las tuberías deberá contar con una bomba hidráulica individual, que será considerada como una obra de captación distinta (ver Figura 3).

Figura 3. Pozo con 2 extracciones separadas (2 tuberías con 2 bombas hidráulicas).
. En caso que en alguna obra de captación de aguas subterráneas exista más de un derecho de aprovechamiento de aguas, ya sea de uno o varios titulares, que se ejercen todos en forma conjunta con una sola bomba hidráulica, será necesario instalar un solo Sistema de Medición (ver Figura 4).

Figura 4. Obra de captación con más de un derecho de aprovechamiento de aguas ejercidas con una sola bomba hidráulica.
1.3 Sistema de Medición para Caudales Muy Pequeños.
Para las obras de captación que extraigan caudales muy pequeños, es decir, menores a un caudal que será definido en resolución DGA Regional, será necesario instalar un flujómetro que debe cumplir las mismas exigencias que para el Sistema de Medición General (Art 1. Número 1.1. de la presente resolución). Los titulares de derechos de aprovechamientos deberán informar el dato de caudales y volúmenes obtenido (totalizador), a través del Software de Monitoreo de Extracciones Efectivas (M.E.E.) señalado en el artículo 2 siguiente.
Para estas obras no será obligatorio instalar sensor de niveles freáticos ni Data Logger.