MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 633, DE 2003, QUE ESTABLECE REQUISITOS PARA LA IMPORTACIÓN DE MATERIAL VEGETAL COMO CULTIVO DE TEJIDO IN VITRO
Núm. 4.553 exenta.- Santiago, 21 de junio de 2019.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la ley Nº 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; el decreto ley Nº 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola; el decreto Nº 510 de 2016, del Ministerio de Agricultura, que habilita puertos para la importación de mercancías sujetas a revisión del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto Nº 112 de 2018, del Ministerio de Agricultura, que nombra al Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, y las resoluciones Nºs. 633 de 2003, 3.080 de 2003, 3.815 de 2003, 3.589 de 2012, 6.383 de 2013, todas del Servicio Agrícola y Ganadero.
Considerando:
1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante indistintamente el Servicio, es la autoridad nacional encargada de proteger el patrimonio fitosanitario del país.
2. Que el Servicio está facultado para establecer los requisitos fitosanitarios para la importación al país de artículos reglamentados a fin de prevenir la introducción y dispersión de plagas reglamentadas.
3. Que el Servicio ha recibido solicitudes de usuarios interesados en importar al país material vegetal in vitro de la especie Juglans microcarpa, al país desde cualquier origen, cuyos requisitos fitosanitarios no se encuentran regulados actualmente.
4. Que de acuerdo a los lineamientos de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) y a lo previsto en las resoluciones Nºs. 3.815 de 2003 y 3.589 de 2012, ambas de este Servicio, el establecimiento de requisitos fitosanitarios requiere de una justificación técnica, por lo que se ha realizado el Análisis de Riesgo de Plagas para plagas cuarentenarias de material vegetal in vitro provenientes desde cualquier origen de la especie Juglans microcarpa, lo que ha permitido establecer los requisitos fitosanitarios correspondientes para su importación.
5. Que de acuerdo al ARP elaborado, es necesario establecer medidas fitosanitarias para Xylella fastidiosa y Cherry leaf roll virus, plagas cuarentenarias ausentes asociadas a material vegetal como cultivo in vitro de Juglans microcarpa.
Resuelvo:
1. Modifícase la resolución Nº 633 de 2003, que establece requisitos para la importación de material vegetal como cultivo de tejido in vitro, en lo siguiente:
Agrégase en el número 4.3, Frutales, por orden alfabético, donde corresponda, la siguiente especie y fitopatógenos a certificar:
ESPECIE FITOPATÓGENOS A CERTIFICAR
Juglans microcarpa Xylella fastidiosa
Cherry leaf roll virus
Anótese, comuníquese y publíquese.- Horacio Bórquez Conti, Director Nacional, Servicio Agrícola y Ganadero.