EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 3.034, DE 2019, QUE "MODIFICA ACUERDO DE CONSEJO Nº 1.879, DE 1997, RELATIVO AL "COMITÉ SISTEMA DE EMPRESAS - SEP""
    Núm. 59.- Santiago, 28 de mayo de 2019.
    Visto:
    1. Que. por el Acuerdo del Consejo de Corfo Nº 1.879, de 1997, ejecutado por la Resolución (A) Nº 18, de 3 de febrero de ese mismo año, de su Vicepresidente Ejecutivo, se creó y reglamentó al "Comité Sistema Administrador de Empresas - SAE", más adelante denominado "Comité Sistema de Empresas - SEP".
    2. Los Acuerdos de Consejo Nº 2.074, de 2000; Nº 2.147, de 2001; Nº 2.203 y Nº 2.252, ambos de 2002; Nº 2.274, de 2003; Nº 2.366, de 2005; Nº 2.445, de 2007; Nº 2.549, de 2009; Nº 2.632, de 2010; y Nº 2.736 y Nº 2.766, ambos de 2012; que modificaron el acuerdo de Consejo Nº 1.879, de 1997, ya citado.
    3. Que, el Reglamento vigente del "Comité Sistema de Empresas" es el aprobado por resolución (A) Nº 381, de 2012, modificada por resolución (A) Nº 11, de 2013, ambas de Corfo.
    4. El acuerdo de Consejo Nº 3.034, de 2019, que "Modifica acuerdo de Consejo Nº 1.879, de 1997, Relativo al "Comité Sistema de Empresas -SEP"".
    5. El artículo 3º, de la ley Nº 19.880, que dispone que las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales deben ejecutarse o llevarse a efecto mediante la dictación de una resolución de la autoridad ejecutiva competente.
    6. Las facultades que me confiere la ley Nº 6.640 y el Reglamento General de la Corporación, aprobado mediante decreto Nº 360, de 1945, del Ministerio de Economía, y lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
    Resuelvo:
    1° Ejecútase el acuerdo de Consejo N° 3.034, de 2019, que Modifica acuerdo de Consejo N° 1.879, de 1997, Relativo al "Comité Sistema de Empresas-SEP"".
    2º Modifícase la resolución (A) Nº 381, de 2012, modificada por la resolución (A) Nº 11, de 2013, ambas de Corfo, en el siguiente sentido:
    a) Reemplázase el literal d), de la Letra A), del artículo 2º, por el siguiente:
    "d) El Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, o un representante de éste, designado por él".
    b) Incorpórase el siguiente literal e), en la Letra A), del artículo 2º:
    "e) Dos designados por el Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, los que podrán ser propuestos, uno por el Ministro de Minería, y el otro por el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones".

    Anótese, tómese razón y publíquese.- Sebastián Sichel Ramírez, Vicepresidente Ejecutivo.-  María Elina Cruz Tanhnuz, Fiscal.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
    Cursa con alcances la resolución Nº 59, de 2019, de la Corporación de Fomento de la Producción -Corfo-
    Nº 16.709.- Santiago, 20 de junio de 2019.
    Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, que ejecuta el acuerdo del Consejo de Corfo que indica, que modifica el acuerdo de consejo Nº 1.879, de 1997, relativo al "Comité Sistemas de Empresas-SEP", por encontrarse ajustado a derecho.
    Sin embargo, cumple con hacer presente que los consejeros a que se refieren la nueva letra e), de la letra A), del artículo 2º del documento en estudio, deberán ser designados previa solicitud de Corfo.
    Asimismo, esta Institución Fiscalizadora entiende que dichas designaciones se enmarcan dentro del principio de coordinación entre los servicios y autoridades involucrados consagrado en los artículos 3º y 5º de la ley Nº 18.575, y deberán ser resueltas conforme a las atribuciones de los órganos anteriormente aludidos.
    Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del documento del epígrafe.
    Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República.
Al señor
Vicepresidente Ejecutivo
de la Corporación de Fomento de la Producción
Presente.