ORDENA ESTUDIO DE EXPROPIACIÓN DE PROPIEDAD QUE INDICA
   
    Núm. 1.122.- Combarbalá, 21 de junio de 2019.

    Vistos:

    . La Constitución Política de la República de Chile;
    . El DFL N° 1/19.704 de fecha 27.12.2001, publicado en el Diario Oficial de fecha 03.05.02, que fija texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus actualizaciones;
    . Lo dispuesto en el artículo 19 N°24, inciso tercero de la Constitución Política de la República de Chile;
    . Decreto ley N° 2.186 que aprueba la ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones;
    . Acta de Instalación del Concejo Comunal de Combarbalá de fecha 6 de diciembre de 2016;
    . Acuerdo adoptado en Sesión Extraordinaria N° 6 del Concejo Municipal de Combarbalá, celebrada con fecha 19 de junio de 2019;
    . Informe elaborado por la Secretaría Comunal de Planificación de fecha 19 de junio de 2019;
    .  Decreto N° 395 de fecha 26 de febrero de 2019, que decreta subrogancias en la Municipalidad de Combarbalá;
    . Las atribuciones a mi cargo;

    Considerando.

    . Lo previsto en el artículo 33 inciso segundo y 58 letra f) de la ley N°18.695;
    . Que el Loteo Villa Los Bugueños, es un Comité Pro Casa de la comuna de Combarbalá que en la actualidad se está edificando, el cual tiene por integrantes a 16 familias vulnerables, las cuales durante más de 15 años han buscado conseguir su casa propia, teniendo en cuenta que colindan con el terreno cuyo propietario es don Fidel Luciano Flores Alfaro RUT 6.606.784-K, bajo el Rol 00501-00127 sector Alonso de Ercilla lote 2, cuyo destino es un sitio eriazo y es recomendado técnicamente para realizar la evacuación de aguas lluvias en forma gravitacional, lo que permitiría además la evacuación de las aguas lluvias de la nueva Villa y de todo el sector. Además, que en la actualidad existe una red colectora que une todo el sistema de aguas lluvias hasta el área verde del loteo de la Villa Los Bugueños.
    . Que, con fecha 23 de noviembre de 2009 se realiza la compraventa del terreno para construir la Villa Los Bugueños;
    . Que, con fecha 13 de agosto de 2012 se entrega el subsidio habitacional a los miembros del Comité Pro Casa.
    . Que, con fecha 11 de enero de 2017 se aprueba el proyecto de Arquitectura de dicha Villa;
    . En febrero de 2018 se comienza con el proceso de construcción de la Villa Los Bugueños;
    . Que en Sesión Extraordinaria N° 6 de fecha 19 de junio de 2019, el Concejo Municipal de Combarbalá acordó por unanimidad iniciar un estudio de expropiación del terreno correspondiente al Lote N°2 de calle Alonso de Ercilla, rol N° 501-127, de propiedad del señor Fidel Flores Alfaro;
    . Que, la superficie del terreno correspondiente al lote N° 2, Rol 00501- 00127 tiene un total de 1.307,00 metros cuadrados, de los cuales se pretende expropiar 227,00 metros cuadrados con la finalidad de atravesar un tubo bajo tierra de un diámetro de ochocientos milímetros aproximadamente, el cual se conectará al sumidero de aguas lluvias existente en la calle Alonso de Ercilla.
    . Que, la finalidad de la conexión al sumidero de aguas lluvias de la calle Alonso de Ercilla con el fin de evacuar las aguas lluvias tendrá un beneficio al Lote de Los Bugueños así como también a todo el sector.
    . Que, los trabajos, trámites y costos de la expropiación serán de costa de la Ilustre Municipalidad de Combarbalá, tema que fue debidamente abordado y acordado en Sesión Extraordinaria N°6 del Concejo Municipal de Combarbalá, celebrada con fecha 19 de junio del año 2019.
    . Que, los costos propios de la construcción de la obra, será de costo de la Ilustre Municipalidad de Combarbalá, reservándose ésta el derecho de gestionar fondos según se estime pertinente;
    . Que el Secretario Municipal Titular se encuentra en uso de su feriado legal;

    Decreto:
    1. Procédase a iniciar estudio de expropiación del terreno correspondiente al Lote N°2 de calle Alonso de Ercilla, Rol N° 00501-00127; de propiedad del señor Fidel Luciano Flores Alfaro, propiedad inscrita a fojas 53 N°83 correspondiente al año 2004 del Conservador de Bienes Raíces de la comuna de Combarbalá;
    2. Establécese que la superficie a expropiar corresponde a 227,00 metros cuadrados;
    3. Publíquese el presente acto, en extracto, en el Diario Oficial;
    4. Procédase a requerir la anotación de la presente resolución al margen de la respectiva inscripción de dominio, e inscríbase en el Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del Conservador de Bienes Raíces de Combarbalá, de conformidad con lo establecido en el artículo 2° del decreto ley N°2.186 de 1978.
    Anótese, comuníquese, cúmplase y archívese.- Pedro Castillo Díaz, Alcalde.- Patricio Veas Villalobos, Secretario Municipal (S).