Artículo 22.- Comunicación de la resolución emitida por la Subsecretaría. Copia de la o las resoluciones emitidas por la Subsecretaría, serán remitidas Decreto 195,
INTERIOR
Art. 1° Nº 3
D.O. 02.04.2025
dentro de los primeros 10 días hábiles de octubre del año siguiente al de la postulación, a la Dirección de Presupuestos.
    Dentro del mismo período, la Subsecretaría remitirá copia de la o las resoluciones emitidas a cada una de las municipalidades cuyo personal sea considerado en la o las mismas, las que deberán proceder a su inmediata difusión a través de un medio de general acceso, tales como, intranet institucional, oficina del secretario municipal u oficina de personal, sin perjuicio de la publicación en el mismo período por parte de la Subsecretaría, en el Sistema Nacional de Información Municipal o el sistema electrónico que lo reemplace.
    La Subsecretaría publicará en el Diario Oficial un extracto de dicha resolución o resoluciones, señalando el número de cupos asignados a cada municipio, durante el mes de octubre del año siguiente al de la postulación.