MODIFICA RESOLUCIÓN AFECTA Nº 4, DE 2019, QUE LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA Y APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRABAJO DE CAMPO, PROCESO DE SUPERVISIÓN,VALIDACIÓN, CODIFICACIÓN Y ENTREGA DE RESULTADOS DE LA VII RONDA DE LA ENCUESTA DE PROTECCIÓN SOCIAL
Núm. 5.- Santiago, 10 de julio de 2019.
Vistos:
Lo dispuesto en el DFL Nº 25, de 1959, del Ministerio de Hacienda, que crea el Ministerio del Trabajo y la Subsecretaría de Previsión Social; en el artículo 8 bis del DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y su Reglamento aprobado por decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones posteriores; en el DL Nº 1.263, que fija la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Estado; en la ley Nº 21.125, sobre Presupuesto del Sector Público para el año 2019; en la resolución exenta Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón; en el DS Nº 23, de 2018 y decreto exento Nº 57 de 2018, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Considerando:
1. Que, mediante resolución afecta Nº 4 de 2019, la Subsecretaría de Previsión Social, llamó a licitación y aprobó bases administrativas, técnicas y anexos, para la contratación del servicio de trabajo de campo, proceso de supervisión, validación, codificación y entrega de resultados de la VII ronda de la Encuesta de Protección Social.
2. Que, con fecha 4 de junio de 2019, Contraloría General de la República tomó razón de la resolución indicada, la que fue publicada en el Portal Mercado Público el día 24 de junio del presente año 2019.
3. Que, para asegurar el éxito del proceso y para que el eventual proveedor cuente con un plazo prudencial para constituir la garantía de fiel cumplimiento del contrato, se ha estimado necesario modificar las bases de la licitación, en orden a establecer que la señalada garantía deberá ser recepcionada por la Subsecretaría dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde la fecha de adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl.
4. Que, según se establece en el punto 4.3 de las Bases Administrativas, la Subsecretaría de Previsión Social, podrá, modificar, complementar a aclarar las Bases de la Licitación de oficio o en atención a una consulta realizada en las fechas indicadas en el portal y hasta 24 horas anteriores al día y hora fijados para la apertura de las ofertas.
5. Que, corresponde a la autoridad administrativa adoptar las medidas y celebrar los actos y contratos que resguarden el normal y correcto funcionamiento de la administración y que le permitan cumplir eficazmente sus objetivos, tareas y actividades permanentes y asegurar la continuidad de sus funciones. Junto con ello, y además de resguardar los intereses fiscales, corresponde hacer uso de los procedimientos legales y reglamentarios que aseguren una transparente, idónea y oportuna contratación de los servicios requeridos.
Resuelvo:
1. Modifíquese la resolución afecta Nº 4 de 2019, que aprueba las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos para la contratación del servicio de trabajo de campo, proceso de supervisión, validación, codificación y entrega de resultados de la VII ronda de la Encuesta de Protección Social, de la siguiente manera:
Donde dice:
14.6. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El Oferente que resulte adjudicado deberá presentar una Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato por un monto equivalente al 10% del monto total del contrato, la que deberá consistir en cualquier instrumento de ejecución inmediata, que señale su carácter de irrevocable y emitida pagadera a la vista a nombre de la Subsecretaría de Previsión Social. La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento de "Trabajo de Campo, Proceso de Supervisión, Validación, Codificación y entrega de Resultados de la VII Ronda de la Encuesta de Protección Social".
El documento deberá ser extendido a nombre de la "Subsecretaría de Previsión Social", RUT: 61.503.000-7, con una vigencia de sesenta (60) días hábiles posteriores al plazo del término del contrato. Dicha garantía deberá ser recepcionada por la Subsecretaría dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contado desde la fecha de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl. También podrá entregase electrónicamente, ajustada a lo dispuesto en la Ley 19.799.- sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza que, en conjunto, representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física.
La garantía de fiel cumplimiento de contrato asegurará, el cumplimiento de todas las obligaciones que se imponen al adjudicatario, incluidas las obligaciones laborales y previsionales del contratante.
Debe decir:
14.6. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El Oferente que resulte adjudicado deberá presentar una Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato por un monto equivalente al 10% del monto total del contrato, la que deberá consistir en cualquier instrumento de ejecución inmediata, que señale su carácter de irrevocable y emitida pagadera a la vista a nombre de la Subsecretaría de Previsión Social. La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento de "Trabajo de Campo, Proceso de Supervisión, Validación, Codificación y entrega de Resultados de la VII Ronda de la Encuesta de Protección Social".
El documento deberá ser extendido a nombre de la "Subsecretaría de Previsión Social", RUT 61.503.000-7, con una vigencia de sesenta (60) días hábiles posteriores al plazo del término del contrato. Dicha garantía deberá ser recepcionada por la Subsecretaría dentro del plazo de diez (10) días hábiles contado desde la fecha de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl. También podrá entregase electrónicamente, ajustada a lo dispuesto en la Ley 19.799.- sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza que, en conjunto, representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física.
La garantía de fiel cumplimiento de contrato asegurará, el cumplimiento de todas las obligaciones que se imponen al adjudicatario, incluidas las obligaciones laborales y previsionales del contratante.
2.- Publíquese, oportunamente esta resolución en el sistema de compras y contratación pública portal www.mercadopublico.cl.
Tómese razón, anótese, comuníquese y publíquese.- Cristián Olivares Pino, Subsecretario de Previsión Social (S).
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Cristián Olivares Pino, Subsecretaría de Previsión Social.