I.- Modifícase el DS (M) N° 240, de 3 de agosto de 1998, modificado por DS (M) N° 337 de 2004, DS (M) N° 237 de 2009 y DS (M) N° 632 de 2013, todos del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, los primeros, y Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, el último, que estableció la Nómina Oficial de Caletas de Pescadores Artesanales, incorporándose al Artículo Uno las siguientes caletas:

    a) En la Región de Coquimbo, Provincia de Limarí, la caleta denominada "El Sauce".
    b) En la Región de Antofagasta, Provincia de Tocopilla, las caletas denominadas "Huachán" e "Indígena".
    c) En la Región de Atacama, Provincia de Copiapó, la caleta denominada "Torres del Inca".