Artículo único.- Modifícase la resolución exenta Nº 1.534, de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en el siguiente sentido:
1. Reemplácese el texto del artículo 1º por el siguiente:
"Para efectos de la aplicación de la presente norma, se entenderá que un servicio de emergencia es un servicio telefónico que se presta a la comunidad, sin fines de lucro y que tiene por finalidad salvaguardar la vida y los bienes de las personas. En este sentido, la institución que reciba este tipo de comunicaciones deberá efectuar acciones concretas e inmediatas para afrontar la emergencia y, de esta manera, anticipar y facilitar las labores de las instituciones que tienen como fin la atención de estas mismas (Carabineros, Policía de Investigaciones, Bomberos, Ambulancias, etc.), excluyéndose de esta forma la simple desviación de estos llamados a dichas instituciones. En caso que el proveedor del servicio de emergencia lo desee podrá utilizar, además, mensajería de texto y multimedial.".
2. Reemplácese el texto del literal b), del artículo 4º, por el siguiente:
"Descripción del servicio de emergencia que se prestará, señalando las acciones concretas que se realizarán luego de recibir la llamada de emergencia.".
3. Agréguense al Apéndice de la resolución exenta Nº 1.534 de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, los siguientes números de servicio de emergencia:
NÚMERO SERVICIO DE EMERGENCIA PARA TENER ACCESO A
1463 Fono Emergencia La recepción de llamadas
San Pedro de la Paz atendidas por operadores
de la Unidad de Departamento
de Seguridad, Convivencia y
Protección Ciudadana de
la Ilustre Municipalidad de
San Pedro de la Paz, respecto
de situaciones de seguridad
y/o emergencia ciudadana que
ocurran en dicha comuna.
1464 Fono Emergencia La recepción de llamadas
Lo Prado atendidas por operadores de
la Dirección de Seguridad
Pública y Protección Civil de
la Ilustre Municipalidad de Lo
Prado, respecto de situaciones
de seguridad y/o emergencia
ciudadana que ocurran en dicha
comuna.
1465 Fono Emergencia La recepción de llamadas
Algarrobo atendidas por operadores de la
Unidad de Seguridad
Ciudadana de la Ilustre
Municipalidad de Algarrobo,
respecto de situaciones de
seguridad y/o emergencia ciudadana
que ocurran en dicha comuna.
1467 Fono Emergencia La recepción de llamadas
Pedro Aguirre Cerda atendidas por operadores del
Área de Emergencias y Seguridad
Pública de la Ilustre Municipalidad
de Pedro Aguirre Cerda, respecto
de situaciones de seguridad y/o
emergencia ciudadana que ocurran
en dicha comuna.
1468 Fono Emergencia La recepción de llamadas
Colina atendidas por operadores de la
Central de Cámaras Colina de la
Ilustre Municipalidad de
Colina, respecto de situaciones
de seguridad y/o emergencia ciudadana
que ocurran en dicha comuna.
1515 Fono emergencia El servicio tiene por objeto
"Línea libre" de entregar a todos los niños,
la Subsecretaría de niñas y adolescentes atención
la Niñez telefónica de ayuda profesional
en donde sean escuchados y puedan
recibir orientación ante sus
problemas y vulneraciones,
respetando permanentemente su
confidencialidad.
La cobertura será el territorio
nacional, excepto en la Región
de Atacama.