1. Modifícase la resolución exenta Nº 964 (V. y U.) de 2019, citada en el número 3 de los vistos, en el sentido de:
1.1 Reemplazar en la tabla resuelvo 3 lo siguiente:
1.1.1 Lo señalado en la columna Proyectos a seleccionar, del número 3 por lo siguiente: "a) Proyectos S.S.T.T., Fotovoltaicos y de Acondicionamiento Térmico Regular y PDA.".
1.1.2 Lo señalado en la fila Nº 2, en la columna "Fecha de selección" del cuadro adjunto, los guarismos "30-08-2019" por "13-09-2019".
1.2 Reemplazar los cuadros de recursos que se señalaban en el resuelvo 4, por los siguientes: "
.* De los recursos asignados a la Región del Biobío en el cuadro precedente, se deberá destinar en las selecciones de este llamado como mínimo un 20%, para atender a la Provincia de Arauco.
.* En PDA se consideran todos sus recursos
- El monto para los proyectos de Acondicionamiento Térmico para zonas con Planes de Descontaminación Atmosférica vigente, considera la mayor cantidad de recursos para esta línea de eficiencia energética, y este monto será en principio el total que se pondrá a disposición en el año, por lo que, si tras la selección sobran recursos, estos se aplicarán a la segunda o tercera selección de este llamado."
1.3 Reemplazar la tabla inserta en el punto 18.1.2 a) del resuelvo 18 por la siguiente:
"
. 1.4 Modificar en el punto 18.1.2 b) del resuelvo 18 la definición de "Subsidio Base" por la siguiente:
"- Subsidio Base:
Corresponde al monto de subsidio mínimo que se otorgará por cada beneficiario según la región a la que pertenezca (los montos de las regiones de Maule, Ñuble, Araucanía, Los Ríos y Los Lagos se han incrementado, dado que los proyectos deben implementar la segunda etapa del plan, interviniendo además ventanas y puertas).".
1.5 Modificar el punto 18.5 del resuelvo 18, reemplazando la frase: "En el caso de proyectos para el Plan de Descontaminación de Valdivia, deberán subir su estándar a lo señalado para segunda etapa en la última selección.", por la siguiente "En el caso de proyectos para el Plan de Descontaminación de Valdivia, deberán subir su estándar a lo señalado para la segunda etapa desde la segunda selección".
2. Apruébanse las nóminas de seleccionados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al primer proceso de selección del Llamado a Postulación Nacional en Condiciones Especiales año 2019, efectuado mediante la resolución exenta Nº 964 (V. y U.), de 2019, que cerró en el mes de junio de este año. Estas nóminas se adjuntan y se entenderán formar parte integrante de esta resolución. Además, fijase el número de postulantes seleccionados por región, según se indica en la siguiente tabla:
. 3. Comprométense los recursos disponibles para el primer proceso de selección del Llamado a Postulación Nacional en Condiciones Especiales año 2019, efectuado mediante la resolución exenta Nº 964 (V. y U.), de 2019, que cerró en el mes de junio de este año, los que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de Asistencia Técnica, según la distribución por título y por región, señaladas en el siguiente cuadro:
. 4. El saldo de recursos por región para postular proyectos en el próximo proceso de selección de este llamado está reflejado en el siguiente cuadro:
. Nota: estos recursos podrán variar por el otorgamiento de AD y/o redistribución de recursos por requerimiento de las regiones.
5. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en un periódico de circulación regional en cada región del país, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, conforme al resuelvo número 2. de esta resolución, las que deberán contener a lo menos, la comuna, el título del cual se trate, el nombre de cada postulante con su respectiva cédula de identidad y el puntaje obtenido por el grupo o persona.