Art. 1-3 De los protocolos a aplicar en los procesos de certificación y verificación de la conversión de instalaciones interiores de gas, y de inspección periódica de instalaciones de gas de establecimientos educacionales
    Los procedimientos de certificación y verificación de la conversión de instalaciones interiores de gas, y de inspección periódica de instalaciones de gas, en establecimientos educacionales deberán ser ejecutados exclusivamente por Entidades de Certificación de Instalaciones de Gas (en lo sucesivo e indistintamente Entidades de Certificación, o Entidades), debidamente autorizadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, de acuerdo al procedimiento de la RE Nº 1.250, o la que la reemplace, las que están sometidas a las mismas obligaciones que dicha resolución les impone.
    De los protocolos de los procedimientos de certificación, inspección periódica y verificación de la conversión
    1. Los protocolos de certificación, inspección periódica y verificación de la conversión de instalaciones interiores de gas, serán aquellos que se encuentran aprobados mediante resolución exenta SEC Nº 2.076, de fecha 10.11.2009 o en aquella que la reemplace o complemente.
    Complementando las pruebas y ensayos detalladas en la resolución exenta SEC Nº 2.076, en el procedimiento de inspección periódica de instalaciones interiores de gas, se debe verificar además lo siguiente:
    i. Que no se encuentren artefactos tipo A o B instalados en recintos baños, camarines y dormitorios de un establecimiento educacional. En caso de detectarse artefactos tipo A o B instalados en recintos baños, camarines y dormitorios de un establecimiento educacional, será considerado un defecto crítico de acción inmediata y calificada con sello rojo.
    ii. Que no se encuentren artefactos Tipo A instalados en recintos en salas de clases y bibliotecas. En caso de detectarse artefactos tipo A instalados en recintos salas de clases y bibliotecas de un establecimiento educacional, será considerado un defecto crítico de acción inmediata y la instalación calificada con sello rojo.
    2. La inspección periódica de instalaciones de artefactos a gas fijos conectados directamente a cilindros de GLP, existentes en establecimientos educacionales se encuentra contenido en el Anexo Nº1- "Protocolo de Análisis y/o Ensayos para la Inspección Periódica de Instalaciones de Artefactos a gas fijos conectados directamente a cilindros de GLP".