Art. 2-6 Registro de datos
La Entidad de Certificación de Instalaciones de Gas deberá contar con formularios de verificación ("check list"), de acuerdo a los controles, ensayos, pruebas, exámenes y verificaciones contenidos en los protocolos respectivos, en los cuales deberá registrar lo constatado durante la aplicación del correspondiente protocolo. Para lo anterior, se deberá tener en cuenta lo dispuesto en la Norma Chilena Oficial NCh ISO 17020/2012 requisitos para el funcionamiento de diferentes tipos de organismos que realizan inspección, o disposición que la reemplace.